La prima de servicios debió ser cancelada el pasado mes de junio. Esto es lo que debe saber para reclamar el pago de la misma.
Por: Marcelo Patiño Flórez
Históricamente la prima de servicios es una prestación social que se concibió como una forma de redistribuir las ganancias de las empresas y así acortar las brechas económicas que existen entre empleadores y trabajadores. Esta concepción tradicional dejaba por fuera a las trabajadoras, en una inmensa mayoría mujeres, que laboraban en la economía del cuidado remunerada, también llamadas trabajadoras domésticas.
Lo anterior, se debía a que los hogares donde laboraban las trabajadoras domésticas no eran reconocidos como elementos productivos que generaran riqueza por lo que no había que redistribuir y por lo tanto las trabajadoras no podían ser acreedoras a la prestación social de la prima de servicios.
Con la ratificación por parte de Colombia del Convenio 189 de la OIT, que impulso la ley 1788 de 2016, o Ley de Prima, se reconoció la universalidad de esta prestación para todas las trabajadoras del servicio doméstico. Por esa razón desde el 7 de julio de 2016 se consolidó este derecho y se hace exigible.
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¿Cuánto es y cuando se paga?
Según el artículo 306 del Código Sustantivo de Trabajo, los trabajadores tienen derecho a 30 días de salario por cada año de servicio, o su proporción si laboró menos de ese tiempo. El reconocimiento se debe realizar en dos pagos en el año: I) la mitad a más tardar al 30 de junio del año correspondiente; II) la segunda mitad a más tardar los primeros 20 días del mes de diciembre.
¿Cómo calcular la prima si trabajas por días?
Existe una fórmula para calcular cuánto le corresponde a un trabajador por concepto de prima de servicios que es el valor del salario mensual por el número de días laborados al año dividido sobre 360.
Si es una trabajadora o trabajador del servicio doméstico que labora por días, para calcular el valor del salario mensual, debe sumar los dineros recibidos por salario durante un mes. Si el salario en variable todos los meses, hacer el cálculo de cada mes, sumarlos y dividir por el número de meses, así tendrá el promedio salarial del periodo laborado.
Para calcular los días laborados, debe sumar los días durante los cuales presto el servicio durante el periodo que quiere calcular.
¿Cómo exigir mi derecho a la prima de servicios?
Existen 4 medios para realizar la exigencia o presión para que se consolide el pago de la prima de servicios.
- A través de derecho de petición dirigido al empleador donde se le exija el pago de la prestación social.
- Presentar una querella ante el MinTrabajo, esta acción si bien no representa el pago directo de la prima de servicios, si representa un medio de presión hacia el empleador para realizar el pago, toda vez que el incumplimiento de esta obligación puede generar una sanción administrativa.
- A través de una acción de tutela, argumentando una afectación al derecho fundamental al mínimo vital, si bien esta acción es expedita tiene un rango de dificultad mayor para que prospere, ya que, se debe enfatizar de sobremanera en la afectación al derecho fundamental.
- Acudir ante el juez laboral a través de un proceso ordinario laboral donde tenga como pretensión el pago de la prestación social de la prima de servicios, el problema de este tipo de acciones es que es un proceso que tiene una duración entre uno o dos años.
Aun así, los trabajadores tienen que ejercer todas las acciones para conseguir el acceso a su derecho a la prima de servicios. Invito a todas las trabajadoras del servicio doméstico a ejercer su derecho a la prestación social de la prima de servicios.
**Hay una aplicación denominada Aliadas donde las trabajadoras domésticas pueden hacer el cálculo fácilmente de lo que les corresponde como prima de servicios. La app está disponible para los dispositivos Android y se puede descargar aquí
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