Borrador de la reforma laboral, un recorrido por sus principales temas

Imagen de referencia tomada de Bloomberg

La reforma laboral será presentada el próximo 16 de marzo al Congreso, pero desde hace un par de semanas se conoce un borrador. Aquí un análisis del texto.

Por Hiller Alberto Hernández Muñoz

La reforma laboral propuesta por el gobierno – o al menos el documento de discusión que se ha filtrado – nos refuerza el objetivo que se tiene de recuperar de manera efectiva los derechos que durante años han sido arrebatados de forma sistemática a trabajadores y trabajadoras. Evidencia de este propósito, se encuentra al analizar juiciosamente el articulado propuesto.

El borrador de reforma laboral reconoce la deuda frente al estatuto del trabajo e incluye, como principios de la misma, aquellos consagrados en el artículo 53 de la Constitución Política de Colombia. También amplia el alcance del texto al incluir en él los derechos de libre asociación y libertad sindical, el reconocimiento de la negociación colectiva, la eliminación del trabajo forzoso u obligatorio, la eliminación de la discriminación, la erradicación del trabajo infantil y la búsqueda de entornos de trabajo seguro y saludable – léase decente y saludable-. De esta forma se alinea a los principios promovidos por la OIT, que buscan el logro del trabajo decente para todos y todas.

En la propuesta, se plantean varias modificaciones al Código Sustantivo del Trabajo, mismas que buscan ampliar el concepto de favorabilidad e imprimen a la norma un enfoque centrado en quien ejerce la labor, es decir, pone el eje fundamental en los derechos de los trabajadores y trabajadoras. Son ellos con su desgaste diario y la movilización de su fuerza de trabajo hacia la producción de bienes y servicios los que hacen posible la generación de riqueza y por ende aportan a la construcción de condiciones de desarrollo en el país.

La reforma laboral y la estabilidad laboral

Con el propósito de garantizar la estabilidad laboral, la reforma laboral privilegia el contrato a término indefinido y establece que para la terminación de los contratos a término fijo o de obra, deben darse las condiciones propias de la justa causa y el debido proceso. Lo anterior, busca garantizar al trabajador y trabajadora, así tenga un contrato a término fijo, la estabilidad laboral. Hay que tener en cuenta que con esta última también se da la estabilidad emocional, la calidad de vida y la posibilidad de acceso a apalancamiento financiero, la construcción personal de proyectos a largo y mediano plazo y la autoestima.

De esta manera, si las condiciones que originan la contratación aún están presentes, no es posible despedir a quien ejerce la labor, esgrimiendo razones de tiempo, sino que debe hacerse el respectivo proceso de análisis, evaluación y ponderación, implementando para ello los criterios del debido proceso, el cual obviamente incluye, el derecho a la defensa.

Estabilidad laboral reforzada

Se busca la defensa de los trabajadores en condiciones de discapacidad, vulnerabilidad económica o social, al establecer las condiciones de la estabilidad laboral reforzada e incluyendo en ellas a las madres o padres cabeza de familia, cuidadores y sin otra posibilidad de ingreso más allá del salario devengado. Con ello, el articulado busca que la terminación de los contratos de las personas en condiciones de discapacidad, vulnerabilidad económica o social, sólo se presente con ocasión de la justa causa y la aplicación del debido proceso y no con ocasión de la discapacidad o vulnerabilidad o al albedrío del empleador.

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Debido proceso

En relación al debido proceso, se expresan con claridad los componentes y criterios del mismo. Se hace hincapié en el principio de la presunción de inocencia, donde es el empleador quien debe demostrar la “culpabilidad” del trabajador o trabajadora en el hecho que se le imputa y no él o ella quien deba demostrar su inocencia en el mismo.  Esto refuerza el enfoque de derechos con el que está construida la propuesta de reforma, pues son muchos los casos donde se presume, no la inocencia sino la culpabilidad del trabajador, obligándole a él o ella a llevar la carga probatoria de la inocencia y poniéndole en evidente desventaja frente al empleador.

Siguiendo con esta línea de derechos planteada en la reforma, se pretende ampliar los montos de indemnizaciones cuando se termina el contrato de manera injustificada, lo que beneficia a los trabajadores en tanto que evita que el empleador haga uso de esta figura para vulnerar los derechos laborales o precarizar sus relaciones de trabajo.

Modalidades de contrato

En cuanto a las modalidades de contrato, el proyecto de reforma laboral clarifica y enfatiza la necesidad de que éstos sean a término indefinido, dejando aquellos a término fijo, para actividades no permanentes y buscando que en caso de ser necesaria su prórroga, esta no supere un año y luego de sus tres prórrogas se vuelva indefinido, entendiendo que la actividad realizada ya no es temporal, sino que es permanente y esencial para el funcionamiento de la organización.

En el caso del contrato por obra o labor, la reforma busca que efectivamente sea implementado en tareas específicas y se aclare por escrito todos los términos de la realización de la misma, evitando que por este medio se disfracen formas de “flexibilización de las relaciones laborales” o de contratación irregular o ilegal.

Igualmente, en el borrador de reforma laboral se abordan los elementos relacionados con la tercerización y la subcontratación. Se definen contratistas e independientes, y se expresan las condiciones bajo los cuales se realizan sus contratos y las responsabilidades, tanto de la empresa contratista, como de aquella que es dueña de la obra o beneficiario del trabajo realizado. Se pretende establecer y evidenciar la relación laboral existente entre los empleadores y los trabajadores bajo esta modalidad contractual, evitando enmascarar, bajo la figura de contratistas, la responsabilidad patronal en diferentes procesos y dinámicas relacionadas y derivadas del ejercicio del trabajo contratado.

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Intermediación laboral

El proyecto de reforma laboral, busca también la eliminación de todo tipo de intermediación laboral ilegal. En su artículo 14 especifica que toda actividad relacionada con el objeto misional de la organización, debe ser contratada a través de un contrato laboral formal. Además, establece un periodo de 6 meses a las empresas para adecuarse a la norma y faculta al Ministerio del Trabajo para aplicar las sanciones respectivas en los casos que así corresponda.

Así mismo, reitera que para la realización de actividades permanentes y subordinadas deben establecerse los contratos laborales de manera directa con la organización y expresa los límites a los contratos de prestación de servicios. Además, manifiesta la necesidad de que las empresas busquen de manera progresiva la formalización de quienes están vinculados bajo esta modalidad contractual.

Es así como, la propuesta de reforma laboral se orienta hacia la generación de trabajo formal, decente y saludable para todos los trabajadores.

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Contra las políticas regresivas

La reforma laboral que se presentará busca corregir las políticas regresivas que se presentaron en pasadas reformas; entre ellas, las relacionadas a la recuperación de la jornada diurna – es decir jornada laboral digna – evitando además la contratación de los trabajadores para dos turnos el mismo día y especificando la flexibilización de la jornada para quienes ejercen labores del cuidado.  Con ello se recupera el carácter de humanismo en el mundo del trabajo, comprendiendo la complejidad de articular el mundo laboral con el cuidado de la familia.

Del mismo modo, el articulado dignifica el contrato de aprendizaje y establece el conjunto de aspectos a tener en cuenta en esta modalidad y fortalece el relacionamiento de las empresas con el SENA al facilitar una integración efectiva entre las etapas lectivas y productivas de los aprendices.

Plataformas digitales

En cuanto a los trabajadores y trabajadoras de las plataformas digitales, la reforma laboral busca que quienes se encuentran en este sector, cuenten con todos los derechos laborales pertinentes, lo que permite erradicar la precarización laboral del sector, donde bajo el concepto de “socios” o de la “intermediación del servicio”, dejan a riesgo de quienes ejercen el trabajo, sus prestaciones sociales, los costos de seguros, cuidado de implementos de trabajo, seguridad personal, entre otros; escondiendo una relación laboral en la que se hace control del trabajo, se establecen montos y tarifas, se exigen códigos de conducta, presentación personal o trato al usuario, incluso, se aplican sanciones como bloqueos, exclusiones o multas.

Del mismo modo, la reforma laboral plantea la posibilidad del trabajo autónomo por plataformas, sin embargo, ésta deberá verificar que las personas se afilien de manera efectiva a la seguridad social a saber:  salud, pensión y riesgos laborales.

En esa misma línea, exige a las plataformas explicar a los trabajadores todas las decisiones que les afectan evitando la tiranía a la que hasta ahora se han enfrentado y brinda al Ministerio del Trabajo, competencias para la inspección, regulación y sanción en los casos que sea aplicable.

Igualmente, el proyecto de reforma laboral clarifica las condiciones de aquellos trabajadores y trabajadoras que se encuentran vinculados en las plataformas de reparto y asegura a las personas, adscritas a esta modalidad de trabajo, para que cuenten con todas las garantías para el ejercicio del mismo.

Trabajo rural

El trabajo rural es otro elemento importante en el texto de reforma laboral. Se define con claridad las condiciones de existencia de los contratos de trabajo agropecuario y crea el jornal agropecuario como un mecanismo de regulación de las relaciones laborales bajo esta modalidad se impide que la remuneración sea por debajo del salario mínimo y debe incluir el 4% de aportes para el subsidio familiar, así mismo, le otorga los beneficios de vacaciones e incluye los beneficios por despido que están presentes en el Código Sustantivo de Trabajo. Es así como se dignifica el trabajo rural y se busca que quien trabaja en el campo, pueda contar con condiciones apropiadas que brinden calidad de vida y bienestar a ellos, ellas y sus familias.

Transición energética

Este proyecto de reforma laboral, busca también tener en cuenta los procesos de transformación del mundo del trabajo, reconociendo que las dinámicas – necesarias por demás – de descarbonización de la economía y de automatización e inserción de las nuevas tecnologías, pueden afectar la estabilidad, por lo tanto se pretende garantizar de manera fehaciente la posibilidad de reubicación y reconversión laboral buscando que durante los procesos de transición, los trabajadores y trabajadoras tengan protegidos sus derechos.

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Reforma contra las brechas

El proyecto de reforma laboral está orientado a la disminución y erradicación de las brechas existentes ya sea por causa del género, la identidad sexual, la raza o cualquier otro tipo de condición que pueda llevar a acciones de discriminación, acoso y violencia en el lugar de trabajo; estas acciones presentes en el articulado, son muestra de la intencionalidad y acción del gobierno de aportar efectivamente a una paz total, desde la construcción de espacios donde el trabajo decente y saludable tenga amplia presencia.

Asociación sindical

Un factor primordial en la reforma laboral, es la garantía que se da a los derechos de asociación sindical, negociación colectiva y huelga. Se pretende devolver y reivindicar los derechos que han sido aplastados, desde lo legislativo o desde la violencia contra el movimiento sindical, reconociendo en éste un actor fundamental en la construcción de una sociedad justa y ecuánime, pero, además, brindando garantías a sectores que durante décadas han sufrido la estigmatización, la persecución y la violencia, no sólo desde el discurso, sino además desde lo físico. La Escuela Nacional Sindical ha registrado, desde 1971, 15.766 violaciones a la vida, libertad e integridad de los y las sindicalistas, de las cuales 3.314 han sido homicidios.

En conclusión, podemos decir que aún con posibilidad de mejorar y modificar el texto, la reforma laboral propuesta por el gobierno es un pilar fundamental en la construcción de una sociedad donde el trabajo recupere su centralidad como generador de riqueza y desarrollo, los trabajadores y trabajadoras puedan ejercer su labor, en entornos de trabajo digno y saludable, atendiendo además las demandantes labores del cuidado.

Es una reforma incluyente, humana, que dignifica a los trabajadores y brinda condiciones efectivas para la calidad de vida y el bienestar integral de los mismos; es por ello que como sociedad debemos dar todo el apoyo posible a estas iniciativas del gobierno, pues es desde la participación, el aporte y la movilización como se puede construir en conjunto una mejor sociedad, no sólo para las generaciones presentes, sino para las futuras.

Hiller Alberto Hernández Muñoz

Hiller Alberto Hernández Muñoz es trabajador Social, Especialista en Gerencia Educativa, Magíster en Educación. Desde enero del 2023 es el Director General (E) de la Escuela Nacional Sindical

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