Sobre todos pesan órdenes de captura emitidas por la JEP. La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la JEP unificó en un solo proceso los incidentes de incumplimiento del régimen de condicionalidad que cursan en contra de Iván Luciano Márquez, Henry Castellanos Garzón (“Romaña») y José Manuel Sierra Sabogal (“Aldinever»).
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La decisión, que se tomó a raíz de la divulgación de un video en el que esas personas anuncian su rearme, le permitirá a la Sala tomar una decisión sobre esos incidentes lo más pronto posible, de acuerdo con los términos que establece la Ley.
Asimismo, la JEP le ordenó a la Dirección de Investigación Criminal (Dijin), de la Policía Nacional, que verifique la procedencia, autenticidad y autoría del video conocido el pasado 29 de agosto.
Órdenes de captura
El pasado jueves 29 de agosto, la Sala de Reconocimiento, a través del auto 184, ordenó revocar el beneficio de la suspensión de las órdenes de captura y de las libertades condicionales a los comparecientes vinculados en el caso 01 que aparecen en el video conocido por la opinión pública y en el que anuncian su rearme.
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En ese sentido, la Sala de Reconocimiento le ordenó a la Policía Nacional capturar a Iván Luciano Márquez Marín, Henry Castellanos Garzón, José Vicente Lesmes y José Manuel Sierra Sabogal, a quienes se les revocó el beneficio de la suspensión de las órdenes de captura y las libertades condicionales, beneficio que obtuvieron tras la firma del Acuerdo de Paz. Para Seuxis Paucias Hernández Solarte, la Sala también revocó este beneficio.
Contra Hernán Darío Velásquez Saldarriaga la Sala ya había ordenado su captura dentro del incidente que cursa en su contra.
Así mismo, y en relación con el video donde se anuncia el rearme de un grupo de exmiembros de las Farc, el jueves 29 de agosto el presidente de la Sala de Reconocimiento y la magistrada relatora del Caso 01 le enviaron una carta al fiscal general (e), Fabio Espitia, en la cual instan a esa entidad para que ejerza su competencia en materia de investigación y acusación respecto a esos hechos. En esa misma carta, recuerdan que la JEP solo es competente para conocer hechos relacionados con el conflicto armado hasta el 1 de diciembre de 2016.
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*Esta noticia fue publicada originalmente en la página de la JEP, puede leer el texto aquí.
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