No es la primera vez que se habla sobre paz, verdad y justicia. Aquí unos argumentos para entenderlo
Por Carlos A. Rodríguez Díaz
A raíz de las diversas y destacadas opiniones que suscitó mi reflexión sobre el Perdón Social, quiero publicar apartes del contenido de un importante artículo que publicó el 2 de febrero de 2021 el destacado jurista, Alfonso Gómez Méndez, que amerita ser valorado porque da argumentos y luces, a propósito de la historia en los procesos de amnistía, que se han dado en Colombia relacionados con los actores de la guerra.
“Temas tan sensibles como los relacionados con crímenes de guerra y de lesa humanidad generan una compleja controversia entre la relación del conflicto armado y la justicia, las responsabilidades colectivas y la compatibilidad entre las graves violaciones de los DDHH cometidas y el ejercicio de la política.
Bien vale la pena recordar que no es la primera vez que se suscita la discusión. Esta viene dándose desde las guerras de independencia, pasando por las guerras civiles del siglo XIX y la violencia partidista de mediados del siglo pasado, hasta los conflictos recientes derivados de la acción guerrillera y paramilitar.
Basta recordar que, a varios de los condenados a muerte por su participación en la noche septembrina, cuando se quiso asesinar al libertador, se les cambió la pena capital por la de destierro, como fue el caso del general Santander, quien salvó su vida gracias a la intervención de una de las Ibáñez. Otro de los complotados, Mariano Ospina Rodríguez, años después, vino a ser nada menos que uno de los fundadores del Partido Conservador.
El siglo XIX fue el de las guerras civiles, que casi siempre terminaban con amnistía o indulto para los perdedores. El general Rojas Pinilla logró un acuerdo con las guerrillas liberales y por decreto concedió el indulto, no solo a los guerrilleros como Guadalupe Salcedo, sino a quienes se hubieran “excedido” en la defensa del Estado. Fue una especie de ‘justicia transicional’ para las dos partes del conflicto.
La llamada “Guerra Civil no declarada” entre liberales y conservadores, que produjo más de trescientos mil muertos y millones de desplazados, terminó con otro “armisticio”: el Frente Nacional, que, en cierta forma, fue un pacto de impunidad política y judicial. Nunca fueron a los tribunales quienes estimularon semejante desastre que pasó por balacera en la Cámara de Representantes, el cierre del Congreso por diez años y la comisión de toda clase de barbaridades de lado y lado.
Belisario Betancur, comenzando el gobierno y con el concurso de ese gran jurista que fue Bernardo Gaitán Mahecha como ministro de Justicia, sancionó una amplísima ley de amnistía, 35 de 1982, con la cual firmó la paz con la Coordinadora Nacional Guerrillera. Con esa ley recuperaron su libertad todos los guerrilleros del M-19 a quienes el gobierno Turbay había dejado en la cárcel.
Virgilio Barco, con leyes de amnistía, logró la paz con el M-19, firmada con el comandante Pizarro en marzo de 1990 y, como en los casos anteriores, los autores no fueron ni un solo día a la cárcel ni tuvieron que contar la verdad. Lamentablemente, con Pizarro pasó lo que había ocurrido con Guadalupe Salcedo y pasa aún con centenares de desmovilizados de las Farc: fueron asesinados después de entregar las armas.
En todos los procesos mencionados, fue la justicia ordinaria la que se ocupó de aplicar las leyes expedidas para la terminación de conflictos armados. En el proceso con las Farc existió una diferencia fundamental frente a los anteriores: se creó una jurisdicción especial al margen de la justicia ordinaria que ha recibido críticas por una aparente lentitud y por ciertos casos de laxitud, como haber incluido en la JEP a procesados por el ‘cartel de la toga’.
Aunque esta jurisdicción ha tenido algunos contratiempos, hay que celebrar su más reciente decisión. Esta implica una investigación, ya no individual sino macro; la imposición de responsabilidades de mando, la búsqueda de la verdad y acusaciones por crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad.
Distinto a lo que se ha dicho, en la justicia transicional los guerrilleros no van a gozar de impunidad, como no lo harán otros actores del conflicto cuando les toque su turno”.
Traigo a colación estas líneas, porque se necesita mucha ponderación para encarar con sensatez, racionalidad y prudencia, la búsqueda de un consenso en pos de la paz completa.
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