El Covid19 está afectando profundamente al mundo del trabajo en todo el planeta.
Por: William Fernando Buitrago Valderrama*
El mundo del trabajo se ve profundamente afectado por la pandemia mundial del virus denominada COVID19. Además de ser una amenaza para la salud pública, las perturbaciones a nivel económico y social ponen en peligro los medios de vida a largo plazo y el bienestar de millones de personas. Es por ello que la OIT como organización tripartita, tendrá un papel decisivo en la lucha contra el brote, ya que ha de velar por la seguridad de las personas y la sostenibilidad de las empresas y los puestos de trabajo en el mediano y largo plazo.
De ahí que desde diferentes puntos de vista económicos, el brote del coronavirus (SARS-CoV-2) denominado Covid-19 ha dado un golpe duro en la economía mundial , ya que según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), con sede en Paris, esta pandemia representa la «mayor amenaza a la economía global desde la crisis financiera de 2008″ ya que según las especulaciones de dicha organización, se estima que la economía global podría reducirse a la mitad de su crecimiento, a diferencia de lo sucedido el año pasado, lo que en palabras de su director, el mexicano José Ángel Gurria, se traduce en que; “la pandemia trae consigo la tercera y mayor crisis económica, financiera y social del siglo XXI”
Es por ello que ante la epidemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), algunas naciones han tomado medidas estrictas para prevenir la propagación y sin lugar a dudas, el papel activo de los empleadores no puede quedarse atrás, ya que se estima que a finales de marzo y mediados de abril de este año, el coronavirus podría entrar a una fase de transmisión comunitaria, por ello los empleadores deben comenzar a tomar medidas para evitar brotes y propagación del mismo, pensando en el bienestar de sus trabajadores.
De acuerdo con lo anterior, observamos que el Ministerio de Trabajo mediante la circular 017 del 2020 y como autoridad que ejerce la vigilancia y control de las normas del Código Sustantivo de Trabajo, establece una serie de medidas para que ante la angustia de los empresarios, se opte por trabajos remotos con el fin de mitigar riesgos, buscando implementar medidas de seguridad y salud en el trabajo como medidas de protección al empleo con ocasión de la fase de contención, (esto último en las circulares 021, 022 y la resolución 803 del 2020). Sin embargo, en estas medidas la responsabilidad solo queda en cabeza del empleador y no aparece el papel del Estado protector.
Cabe recordar lo recientemente dicho por el director general de la OIT Guy Rayder; “No se trata solo de una crisis sanitaria mundial, sino también de una importante crisis económica y del mercado laboral que está teniendo un enorme impacto en las personas”. Por ello, según hipótesis de algunos analistas, se cree que alrededor de 25 millones de personas perderán el empleo, por tanto, los gobiernos locales deben tener una política pública para mitigar este daño, que afecta a millones de familias.
Así las cosas, en el informe acerca de los efectos que tendrá la pandemia, dado a conocer por la OIT en su página web, se sugiere que los Estados, tengan en cuenta como mínimo algunas recomendaciones entre estas; (i) Mantener empleos atreves de subsidios (ii) alivios fiscales y financieros (iii) préstamos gubernamentales y apoyos financieros a sectores empresariales y (iv) estimular la economía y el empleo.
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Señala Ryder; que de lograrse dicho cometido por parte de los Estados y de poderse contener la propagación de la pandemia Covid19 “las actividades económicas de los distintos países se reanudaría”. Ello solo si logramos como país combatir esta problemática de nivel mundial.
El gobierno en cabeza del presidente Iván Duque debe tomar en cuenta, no solo las recomendaciones del grupo de expertos, también las sugerencias de organismos internaciones
Como resultado de lo anterior, el gobierno en cabeza del presidente Iván Duque debe tomar en cuenta, no solo las recomendaciones del grupo de expertos, también las sugerencias de organismos internaciones para salir de la crisis que afecta y afectará a miles de colombianos. Esas medidas tienen que ver con la ampliación de la protección social para mantener el empleo, con la concesión de ayudas financieras a pequeñas y medianas empresas, como protección de desempleo, protección al trabajo informal y la tercera edad.
Es claro que, ante esta situación, como la que nos toca vivir, contamos, según la OMS en su documento “Entornos saludables y estables” con dos herramientas claves que pueden ayudar a mitigar los daños y a restablecer la confianza del público. En primer lugar; el diálogo social activo entre los trabajadores y los empleadores y sus representantes (…). En segundo lugar, las normas internacionales del trabajo proporcionan una base de probada eficacia para las respuestas de política que se centran en una recuperación sostenible y equitativa.
Es claro que en tiempos de crisis, el Gobierno nacional dentro de su plan económico frente a la emergencia social y económica, no puede a su antojo proveer Decretos para beneficiar solo una clase de la población o solo un tipo empresarial, sino que debe conjurar la crisis de índole social y económico, con el fin de beneficiar a los más vulnerables, inyectando inversión estatal para proveer servicios sociales a quienes padecen falta de protección y vulneración de sus derechos.
Recordemos que en la segunda mitad del siglo XIX la crisis social entre los obreros industriales fue adoptando formas y consecuencias atemorizantes, en su momento el Estado se acordó de su misión social y trató de remediar al menos los inconvenientes más graves por medio de medidas legislativas que buscaban satisfacer las necesidades y la igualdad obrero patronal, logrando con ello, acciones colectivas.
Finalmente, es necesario que el Gobierno actual haga todo lo posible para reducir al mínimo los perjuicios para las personas vinculadas por medio de un contrato de trabajo como de aquellos con trabajos informales. Hay que buscar medidas de ayuda como prestaciones monetarias temporales frente a la insuficiencia de ingresos por el brote del Covid19 para evitar tensiones en el conglomerado social. El Estado en su papel protector debe evitar que sus ciudadanos queden desprovistos de sus ingresos y por ende dar apoyo a los más vulnerables.
*Abogado, Especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social. Mg en Derecho Público. Correo electrónico: buitragofer@gmail.com
*Las opiniones aquí expresadas son del autor y no comprometen los lineamientos de la Escuela Nacional Sindical
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