La Unión de Trabajadores Enfermos de la General Motors Colombia (Utegm), prendió las alarmas por la que teme sería un despido masivo de trabajadores enfermos o en periodo de calificación de su enfermedad.
Esto tras conocer la autorización que el Ministerio de Trabajo le concedió hace dos semanas a la General Motors Colombia (Colmotores) para despedir a 103 trabajadores de su planta del sur de Bogotá, y también por ciertos movimientos que la empresa ha hecho en las últimas semanas, que han infundido el temor de que la gran mayoría de esos 103 despedidos sean de trabajadoras y trabajadores enfermos, o con grados de discapacidad laboral, producto del rigor de su oficio en Colmotores.
La petición formal de suspender 103 contratos de trabajo la había formulado Colmotores al Min-Trabajo desde el 21 de diciembre pasado, argumentando que atraviesa una crisis económica y de producción que la obliga a prescindir de personal. Argumentos que el Ministerio justificó con base en los análisis financieros y operativos que le suministró la empresa.
La resolución establece que se deben cumplir los pagos de indemnizaciones, prestaciones y demás derechos de ley que acarrean los despidos, y deja claro que no puede despedir trabajadores considerados enfermos o discapacitado, ni aforados con estabilidad laboral reforzada, según obliga una sentencia de la Corte Constitucional.
En su solicitud al Ministerio, Colmotores también buscaba permiso para el cierre parcial de su planta, pero la resolución no hace alusión a esa petición, por lo que ese tema no tiene aún viabilidad. Al parecer ya hubo un acuerdo para que ese cierre parcial no se dé.
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De los cerca de 1.200 trabajadores que tiene Colmotores en su planta administrativa y operativa, 950 hacen parte del pacto colectivo que rige desde hace 19 años, y el resto pertenece a cuatro sindicatos, uno de ellos Utegm, el de los enfermos, que tiene 45 afiliados.
¿Por qué un sindicato de enfermos? Porque, según Utegm, una tercera parte de los trabajadores operativos padece de una o más enfermedades de origen laboral. Hernias discales, discopatías cervicales y dorsales, manguito rotador, bursitis y túnel del carpo son las patologías más comunes. Y el solo hecho de que exista ya es una mala referencia para la empresa, no habla bien de ésta.
Los temores de Utegm
Para la abogada Liliana Quemba, vocera y asesora Utegm, la situación es sumamente preocupante por las dudas que tienen al respecto, partiendo de que no confían en que la empresa cumpla con el requerimiento de no despedir trabajadores enfermos. “Así la resolución diga que no lo puede hacer, lo que hemos visto es que en otras situaciones no ha respetado la normatividad”, agregó.
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Explicó que la empresa, como medida transitoria en medio de la merma en su producción y venta de vehículos, ha mandado para la casa a unos cien trabajadores y trabajadoras, de brazos caídos con pago de salarios (artículo 140 del CST). En su gran mayoría esos trabajadores están enfermos o tienen algún tipo de restricción o incapacidad laboral, aseguró la abogada Quemba.
“Sin hilar delgado uno podría pensar que la empresa está construyendo su listado de 103 trabajadores para el despido con los enfermos y restringidos que han enviados a sus casas por el artículo 140. Sería gravísimo: un despido de solo enfermos”, señaló Quemba.
Dijo que como en derecho todo es asunto de interpretación, así la Corte Constitucional en su jurisprudencia defienda a los trabajadores enfermos o en estado de incapacidad, la empresa ha apelado a una norma de la Corte Suprema de Justicia que dice que cuando un trabajador tiene más del 25% de calificación de pérdida de capacidad laboral, no puede ser despedido. El resto sí puede serlo.
“Y la gran mayoría los trabajadores enfermos de Colmotores, por cosas de los comités calificadores están calificados con menos del 25%. Pero están enfermos, o están en periodo de calificación. Son trabajadores que no son muy productivos, pero no es culpa de ello sino de la empresa que los enfermó”, subrayó la asesora sindical.
Tampoco le parece creíble el argumento de la crisis económica que la empresa esgrime para justificar los despidos. Prueba de ello, dijo, es que va a ampliar la producción al ensamblaje de dos nuevos modelos; líneas de producción que solo arrancaría con una nómina libre de trabajadores enfermos, según el sindicato lo ha conocido.
En ese sentido ve contradictorio que en su resolución el Ministerio de Trabajo reconozca las dificultades económicas de la empresa, pero a la vez diga que en el 2018 tuvo una recuperación. “Colmotores pidió el despido masivo haciéndole creer al Ministerio que está mal económicamente, algo que no creemos que sea cierto.
También señaló que a los trabajadores que están en sus casas por el artículo140 se les está vulnerando el derecho de asociación. En su mayoría pertenecen al sindicato, pero están aislados, no pueden expresarse ni hacer una protesta pública. “Que cada uno llore su angustia en su casa en silencio, Así van a acabar con el sindicato de trabajadores enfermos”, advirtió.
Y frente a la resolución del Ministerio, anotó que van a interponer recursos de reposición y apelación, lo que dependerá de la celeridad que el Ministerio quiera darle.
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Listado de los enfermos
En espera de que Colmotores cumpla con la resolución del Ministerio en el sentido de no despedir trabajadores enfermos, en discapacidad o en etapa de calificación de su enfermedad, esta es la lista de las y los trabajadores que están en tal condición, 90 en total:
Acero Numpaque Pedro
Aldana Melo Oscar Alirio
Ariza Téllez Luis Humberto
Avendaño Galeano Carlos Andrés
Barón Sandoval Aureliano
Barrera Ávila Wilfredo
Barreto Soler Libemeyer
Beltrán Ramírez Elkin
Cadena Calderón Elías
Calceto Osorio Ronald Barú
Camacho Gómez Raúl
Camacho Sanabria Jackeline
Cárdenas Ballesteros Alirio
Castañeda Moreno Adolfo André
Castillo González Fidel Johany
Castillo Marín Jaime Alonso
Chávez Maldonado Nelson
Contreras Leal Héctor Leonardo
Báez Óscar
Daza Bedoya Luis Alberto
Díaz González Milton Marino
Espinosa Ramírez Fredy Arnoby
Galvis Escobar Alexander
García Pérez Luis Antonio
Gómez Fajardo Humberto
Gómez Luis Hernando
Gómez Quintiaques Jaime Adrián
González Chávez Uriel Yesid
González Varón Luis Ernesto
González Nitola Luis Alfredo
González Bejarano Yovani
González Ardila Jairo Antonio
Guerrero Barragán Hans Jefferson
Guerrero Romero William Orlando
Gutiérrez Mauricio Javier
Hernández Quintero Fredy
Herrera León Carlos Alberto
Higuera Josué del Carmen
Santana Héctor Hernando
Alfonso León Miguel Enrique
León Niampira Alexander
Lopez Camacho Árnol
Hernández Morantes John Edisson
Martínez Sáenz Marco Tulio
Méndez Polanía Eduardo
Mercalfe Mejía Hernando
Moreno Gómez Félix Antonio
Montaño Quintero John Henry
Moreno Aponte Ricardo
Moya Valencia Víctor Alfonso
Muñoz Cárdenas Fabián
Niño Monroy Omar Iván
Nivia Martínez Jaime Alberto
Nieto Malaver Manuel Enrique
Olaya Ramiro
Orozco Gómez Germán
Padilla Gómez Iván Ebardo
Parra García Andrés Elías
Parra ^Niño Ivonne Lizeth
Pérez Borbón Diana Edith
Pérez Parra Luis Alejandro
Pinilla Casas Andrés
Polanía Dussán Ferney
Ramos Suárez Carlos Andrés
Riaño Rojas Luis Ferney
Rodríguez Chacón Nelson Giovanny
Roldán Sánchez Jerson Giovanny
Rondón Tapias Wilson Javier
Rueda Corredor Jorge
Rojas Rojas Edith Carolina
Salcedo Castiblanco Alexander
Samper Ureña Héctor René
Sánchez Garibello Fabio
Sánchez Melo José Gonzalo
Santos Beltrán William Fernando
Segura Moreno Ángel Stiven
Segura Neuta Willian Fernando
Suárez Molina Wilson
Tandoy Joaquín Alejandro
Téllez Bernal John Jairo
Tristancho Martínez Sandra Milena
Usaquén Peralta Anderson
Valderrama Molina Óscar Arturo
Vargas Blanco Jorge Alberto
Vargas Lara Carlos Enrique
Torralba Vásquez Luis Antabar
Villamil Estanislao
Zárate Heredia William Antonio
Zuñiga Hernández Miguel Ángel
Serna Sánchez Fernando
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Fernando Enrique Orozco Cassiani:
17/03/2022,Con los buenos días srs, quien suscribe Fernando Orozco Cassiani Presidente del Sindicato de trabajadores de la construcción SINTRAICSICCC. Con sede en Bogotá pero Jurisdicción nacional ,por medio de la presente solicita una reunión si les he posible en la oportunidad del rescate de la función sindical ,no desde el punto de vista patronal si no del principio originario de la defensa de los derechos de los trabajadores díganme qué fecha me pueden atender y gustosamente responderé su llamada allá en sus oficinas.
Fernando Enrique Orozco Cassiani:
17/03/2022,Favor dirigirme información de cuando me pueden atender, gustosamente viajaré a la fecha correspondiente.