Terminan 66 años de discriminación
Exactamente 5 años después de que la OIT aprobara el convenio 189 que vela por los derechos laborales de 53 millones trabajadores y trabajadoras domésticas en el mundo, el Congreso de Colombia aprobó ayer jueves la ley que ordena el pago de la prima de servicios a estas personas, cambiando así una norma que desde el año 1950 les negaba este derecho.
“Estamos felices por la aprobación de esta ley de la prima salarial. Ha sido un proceso muy lindo, porque desde muchas partes hemos aportado para este logro”, señaló María Roa Borja, presidenta de Unión de Trabajadoras Afro del Servicio Doméstico, Utrasd, sindicato que abanderó la conquista de este derecho para las 750 mil mujeres que, según el DANE, laboran en el servicio del hogar. Aunque por el sub-registro se estima que son más de un millón.
“Esta ley tiene un impacto no solo económico sino también social muy significativo. Es un avance hacia la dignificación del trabajo doméstico, con impacto redistributivo para cerca de 800 mil mujeres, y que se hace extensivo a jardineros, mayordomos y personas que trabajan en fincas y haciendas», dijo Ángela María Robledo, del Partido Verde, quien, junto con Angélica Lozano, del mismo partido, impulsaron la iniciativa en el Congreso.
La parlamentaria destacó esta ley como un logro colectivo, pues contó con la aprobación de todos los partidos políticos representados en el Congreso de la República, y el aporte de Utrasd y otros sindicatos, varias organizaciones sociales y de mujeres, instituciones del Estado, medios de comunicación y la Escuela Nacional Sindical.
Así que a partir de ahora las trabajadoras domésticas recibirán un sueldo adicional por concepto de prima, la mitad en junio y el resto en diciembre. Y las que trabajan por días en los hogares también tienen derecho a la prima. A éstas cada empleador debe pagarles la parte que proporcionalmente le corresponda. María Roa presidenta; Flora Inés Perea, vicepresidenta.
Por ejemplo, si en una casa trabaja solo un día a la semana por $40 mil, recibe al mes $160 mil, por tanto, la prima que ese empleador le debe cancelar es de $160 mil pesos divididos en dos pagos: $80 mil a finales de junio, y $80 mil a principios de diciembre.
“Ahora necesitamos que las empleadoras y los empleadores que tienen empleada en su casa, cumplan con su deber legal y ético de empezar a pagar la prima, también a los choferes, a los trabajadores por días, a los trabajadores de fincas, a los que llamamos mayordomos y mayordomas, a los jardineros, que también son empleados dependientes, y que el gobierno divulgue esta ley, inspeccione los hogares y sancione a quienes no la cumplan”, señaló al respecto María Roa, cuyo discurso en el congreso se puede ver en el vídeo:
Otros derechos alcanzados
La prima de servicios se suma a los otros derechos que ya han logrado las empleadas domésticas, algunos de tiempo atrás y otros en los últimos años, como lo son el pago del salario mínimo legal, cesantías e intereses, vacaciones, dotación de ropa y elementos de trabajo, afiliación a salud, pensión, riesgos profesionales y caja de compensación. Solo que son derechos que así estén reglamentados tiene aún bajo cumplimiento en el país, por lo que se requiere que el Ministerio de Trabajo facilite los mecanismos para que todos estos derechos se hagan efectivos.
Para que las trabajadoras domésticas queden equiparadas en derechos con el resto de los trabajadores colombianos, faltaría normalizar lo relativo a los tipos de tareas y los horarios de trabajo, toda vez que las empleadas internas tienen una jornada legal de 10 horas, y no 8 como el resto.
Como antecedentes legales de esta ley de prima de servicios, están la Ley 1413 de 2010 de Economía del Cuidado, que midió la contribución de la mujer a la economía nacional mediante su trabajo en el hogar; el Convenio 189 de OIT sobre trabajadoras y trabajadores domésticos, aprobado el 16 de junio de 2011, a la luz del cual el Congreso de Colombia aprobó en 2012 la Ley 1595, ley de trabajadoras domésticas. En 2014 la Corte Constitucional expidió la importante sentencia C-871, que exhorta al Congreso a corregir la discriminación laboral contra las empleadas domésticas y pide garantizarles la prima de servicios, toda vez que reconoce el hogar como unidad económica productiva, y por tanto las domésticas tienen derecho al pago de prima de servicios.
Y el otro antecedente, este de orden gremial, es Utrasd, sindicato que en 2013 crearon en Medellín 120 mujeres del servicio doméstico, todas de origen afro, el cual es liderado por María Roa Borja, quien fuera nominada como una de las 10 mejores lideras de Colombia por la revista Semana y la Fundación Liderazgo y Democracia. Desde entonces Utrasd, con el apoyo de la ENS, la Corporación Carabantú y la ONG Bien Humano, ha abanderado la lucha de las trabajadoras domésticas para equiparar sus derechos con los del resto de los trabajadores colombianos, y así acabar con décadas de discriminación laboral y social.
En efecto, se trata de uno de los colectivos más discriminados en el país, en todos los órdenes. Discriminación de orden social: el 48% pertenece al estrato uno y el 40.5% al dos, el 98% tienen hijos (3 en promedio) y en su mayoría son madres cabeza de familia, y según la Encuesta Integrada de Hogares, solo el 8% de tiene contrato de trabajo escrito con todas las garantías. Discriminación racial: el trabajo doméstico es una de las principales fuentes de ingresos para las mujeres afrodescendientes en las ciudades; y discriminación de género: el 95% son mujeres, que representan el 7,4% de las mujeres empleadas del país. Además, en muchos casos, han sido víctimas de la violencia surgida del conflicto armado interno.
Se necesita pedagogía
“El hogar es la empresa para la cual trabaja la empleada doméstica, y por tanto tiene derecho a la prima. Hay que hacer pedagogía en ese sentido, porque la empleada no está entendida como una trabajadora más, sino como alguien que nos viene a ayudar, con un destino muy desgraciado y que tuvo que venir a la casa nuestra”, dijo Andrea Londoño, coordinadora del programa “Hablemos de empleadas domésticas” de la ONG Bien Humano. “Sería clave diseñar campañas de inspección y sanción en los hogares por parte del Ministerio de Trabajo, para velar por el cumplimiento de la ley y el respeto a los derechos de las trabajadoras domésticas”, agregó.
Para la parlamentaria Ángela María Robledo, se trata primeramente de un asunto de responsabilidad de las personas que empelan a otras en el hogar, en el cuidado de los niños, de los enfermos y demás tareas domésticas. Pero subrayo que la ley aprobada tiene un artículo que va implicar el fortalecimiento la tarea de los inspectores de trabajo a fin de que se cumpla y las trabajadoras domésticas puedan denunciar las irregularidades.
“Es una responsabilidad de lado y lado, de nosotros como empleadores y del Estado”, puntualizó Robledo, al tiempo que recalcó la importancia de que las trabajadoras domésticas se organicen en sindicatos para vigilar el cumplimiento de sus derechos.
El balón está, pues, en el campo de los empleadores: cumplir con el pago de todas las prestaciones sociales de las trabajadoras domésticas, asumirlas como sujetos de derecho, y respetarles sus jornadas laborales. Y desde luego, también está en el campo del Estado, que deberá garantizar que sus derechos sean efectivos.