Por incumplimiento del capítulo laboral del TLC con Estados Unidos

Sindicatos de Colombia y EE.UU. presentaron queja ante el Departamento del Comercio


Una queja formal contra el Gobierno Colombiano por sus incumplimientos y violaciones del capítulo laboral del TLC con Estados Unidos, fue presentada ante el Departamento de Comercio y la Oficina de Asuntos Laborales de este país por parte de varias organizaciones sindicales de Colombia (CUT, USO y Sintrainagro), en asocio con la AFL-CIO (principal confederación sindical de Estados Unidos) y con el acompañamiento de la Corporación Colombiana para la Justicia y el Trabajo, Coljusticia.

El capítulo 17 del TLC Colombia-Estados Unidos establece para ambos estados obligaciones en materia de respeto a la libertad sindical y la negociación colectiva, con sustento en la declaración de principios de la OIT; capítulo que ahora los sindicalistas de ambos países han resuelto activar en vista de que el Estado colombiano ha fallado en su cumplimiento.

Como se sabe, el TLC entre Colombia y Estados Unidos entró en vigencia en mayo de 2012, pero desde un año atrás ya existían compromisos de política laboral y sindical entre ambos países, expresados en el llamado Plan de Acción Laboral (PAL) firmado por los presidentes Obama y Santos en abril de 2011, plan que contempló una serie de reformas institucionales para garantizar derechos laborales, como la creación del Ministerio de Trabajo y una mayor agilidad de la Fiscalía para investigar los hechos de violencia antisindical, entre otras.

Pero después de 4 años el balance del PAL, en cuanto al cumplimiento de esos acuerdos, no puede ser más pobre. No logró generar cambios reales en favor de los trabajadores y del respeto del derecho de asociación sindical; ni logró erradicar la violencia antisindical. En el tiempo de la vigencia del TLC han sido asesinados 99 sindicalistas, 4 de ellos pertenecientes a la USO y 2 a Sintrainagro, dos de los sindicatos querellantes.

Asimismo, la Corte Suprema de Justicia declaró ilegales 19 huelgas, lo que constituye un panorama jurisprudencial que genera censura a la acción sindical, al ejercicio de la negociación colectiva y al legítimo derecho a la protesta pacífica. Y el Artículo 200 del Código Penal, norma adoptada en el marco del PAL para sancionar a quienes violen el derecho de libertad sindical, se ha quedado en letra muerta. A la fecha no muestra ningún resultado. En 4 años no ha habido un solo sancionado.

 

De qué se trata la queja


Nicolás Escandón Henao, abogado defensor de Derechos Humanos adscrito a Coljusticia, quien lleva adelante la queja por encargo de las organizaciones sindicales colombianas, explicó que se trata de un procedimiento técnico que requiere la presentación de un acervo probatorio de los hechos denunciados, básicamente en los 5 sectores priorizados en el Plan de Acción Laboral: azúcar, palma, flores, puertos y sector minero-energético.

Nicolás Escandón H.
Nicolás Escandón H.

 

Los sindicatos colombianos sustentan su denuncia en casos como el de Pacific Rubiales en 2011, año en que esta empresa petrolera canadiense impidió el ejercicio de la acción sindical por parte de la USO.También lo ocurrido en 2012 en el ingenio La Cabaña, en el departamento del Cauca, donde Sintrainagro fue desconocido y acosado, con saldo incluso de un dirigente sindical asesinado. Asimismo, se documentan casos como el del sector floricultor en Cundinamarca, los de la Drummond y El Cerrejón en la Costa Atlántica, y del sector portuario en Buenaventura, donde las violaciones a la libertad sindical y el derecho de asociación son notorias.

Por otra parte, después de 4 años de vigencia del TLC las sanciones para las empresas que han incurrido violaciones contra la libertad sindical son muy pocas o no existen, o son sanciones demoradas y mínimas.

“En un país con tanta violencia antisindical como Colombia, esa impunidad desestimula la afiliación a los sindicatos y opera como un mecanismo de autocensura. Un trabajador lo piensa dos veces para afiliarse porque ve que resulta riesgoso o perjudicial. Teme que lo despidan o le inicien proceso disciplinario, o incluso proceso penal. Y entre más impunidad haya, mayor es la posibilidad de que se repitan las violaciones a los derechosos laborales”, anotó Nicolás Escandón.

Explicó el jurista que lo que se busca es que una vez el Departamento de Comercio y la Oficina de Asuntos Laborales de Estados Unidos hagan el análisis de la queja, llamen al Estado colombiano a una “Consulta Cooperativa”, que es el termino técnico con que ese recurso se nombra en el TLC, con el fin de que se hagan los cambios normativos institucionales que permitan preservar los derechos laborales y de asociación sindical en Colombia. Aunque advirtió que no es un proceso rápido, que toma su tiempo.

Si bien es la primera queja que se presenta en Colombia por incumplimiento de acuerdos laborales ligados al TLC, no es la primera en el ámbito de América Latina. La confederación sindical AFL-CIO de Estados Unidos ha acompañado a otros sindicatos de países que tienen TLC con la nación norteamericano, como Perú, Honduras, Guatemala y México.

Para los sindicatos que interpusieron la queja ante el Departamento de Comercio y la Oficina de Asuntos Laborales de Estado Unidos, el propósito de ésta es poner de manifiesto que Colombia sigue necesitando reformas laborales que no se queden en el papel, lo mismo que una mayor voluntad política del Gobierno y los órganos legislativos para abolir la tercerización e intermediación laboral ilegal, y dictar medias que contribuyan a incrementar la tasa de sindicalización y la negociación colectiva, y al cese definitivo de la violencia antisindical.

Todo bajo el supuesto de que el cumplimiento de los acuerdos y compromisos laborales contribuirá a visibilizar la importancia del Trabajo Decente en la construcción de la paz en Colombia.

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