Este 8 de marzo de 2018, Día Internacional de los Derechos de las Mujeres, se ha hecho un nuevo, pero más fuerte llamado mundial. El movimiento de mujeres y los sindicatos realizan un paro, a fin de demostrar que, si las mujeres paran, se para el mundo. Estamos reivindicando que el trabajo de las mujeres es el eje de la actividad humana y su aporte esencial en todos los ámbitos.
Como lo expuso la ENS en el 10º Informe Nacional de Trabajo Decente, publicado en noviembre del 2017, la inequidad en el trabajo, la discriminación y la división sexual del trabajo son la mayor expresión las desigualdades de género en la sociedad. Las brechas de género económicas, sociales, culturales y simbólicas derivadas de esta situación, ponen a las mujeres en clara desventaja frente a los hombres en el acceso, la promoción y la permanencia en el mundo laboral.
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Desventajas que afectan en particular la autonomía económica y el desarrollo de las mujeres, pero también impactan de manera negativa la distribución del ingreso, las familias y la sociedad en su conjunto.
Factores como el mayor desarrollo económico de los países de la región, la elevación de los niveles de educación de las mujeres, los avances legislativos que les reconocen igualdad de derechos, e incluso las recomendaciones, resoluciones y orientaciones de política pública emanadas de los organismos multilaterales, no han logrado hasta hoy superar las brechas de género y la división sexual del trabajo en Colombia.
Según la CEPAL (2013) en la región el 22,8% de las mujeres menores de 30 años supera a los hombres de su mismo segmento de edad en términos de logros educativos y tienen 13 años o más de educación, mientras solo el 16,2% de los hombres lo han logrado; aun así, las brechas de acceso al mercado del trabajo perviven.
Para el año 2017, según los datos del DANE, en Colombia la Tasa Global de Participación (TGP), que mide el número de personas económicamente activas en relación a las personas en edad de trabajar, fue de 54,4% para las mujeres, mientras que para los hombres fue de 74,8%. Una diferencia de 20 puntos que expresa las dificultades de las mujeres para llegar al mundo laboral, relacionadas con obstáculos como los roles de cuidado en el hogar asignados culturalmente.
A pesar de la expedición de la Ley 1496/2011 sobre igualdad salarial, para el año 2016 la diferencia de ingresos salariales entre hombres y mujeres fue de 19 puntos, es decir, las mujeres ganaron el 81% del salario de los hombres. En promedio el salario de los hombres fue de 1.051.359 pesos y el de las mujeres de 854.328 pesos. Esto, a pesar de la mayor formación de las mujeres, que para el mismo año registró un promedio de 9.6 años de formación y para los hombres de 8.5. En el año 2016, el 50 % de los egresados en estudios técnicos, tecnológicos y universitarios eran mujeres. Así mismo, en el nivel de maestría la participación de la población femenina supera el 50%. En los estudios de doctorado se registra una participación del 41% de mujeres.
Para el año 2017 había 6.152.000 hombres asalariados y 4.713.000 millones de mujeres, es decir, de cada 100 hombres asalariados hay 80 mujeres.
En términos de desempleo, siguen siendo las mujeres quienes presentan mayores tasas de desocupación. Para el año 2017 la tasa de desempleo de las mujeres fue de 12,3% y la de los hombres, 7,2%, lo cual representa 5.1 puntos de diferencia. La situación se agrava para las mujeres jóvenes, quienes con una tasa de 21.1% casi duplican en desempleo a los hombres jóvenes quienes registraron una tasa de 12.2%.
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Continúa la tendencia de la participación de las mujeres en actividades económicas predominantemente feminizadas, tales como servicios comunales y sociales con un 30%, y comercio hoteles y restaurantes con un 34%. Esto refuerza una estructura patriarcal que condena a las mujeres al mundo del cuidado y al hogar. La participación de la mujer en actividades consideradas como típicamente masculinas aún es muy baja.
La posición ocupacional también expresa las desigualdades de género en el trabajo. Las mujeres tienen la mayor participación como trabajadoras domésticas y como trabajadoras familiares sin remuneración, en tanto en ocupaciones como empleador o trabajador por cuenta propia, prevalecen los hombres.
Posición laboral por género. Elaboración propia con base en información del DANE.
La zona rural como en la mayoría de las estadísticas, presenta desventajas para las mujeres; en términos de desempleo presentan una desocupación de 7 puntos por encima de los hombres mientras en las cabeceras la diferencia es de 4 puntos.
Desempleo por género en el sector rural. Construcción propia con datos del DANE.
Para el caso de Medellín, la tasa de desocupación de las mujeres para el año 2017 fue de 12.5%, lo que representa 119 mil mujeres desocupadas y de 9.4% para los hombres, es decir, 102 mil hombres en esta situación. La tasa de ocupación de las mujeres fue de 50.3% que equivalieron a 835.000 y la de los hombres 67.8%, esto significa 987.000 hombres ocupados.
La violencia contra las mujeres en el lugar de trabajo
Las Naciones Unidas definen la violencia contra la mujer como «todo acto de violencia de género que resulte o pueda tener como resultado un daño físico, sexual, psicológico o económico para las mujeres, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada».
En este sentido, la violencia y el acoso que viven las mujeres en los lugares de trabajo es una de las expresiones de violencia de género más común pero menos denunciadas y sancionadas. Tales prácticas violentas se han normalizado y se tradujeron a la cultura y prácticas cotidianas en ambientes laborales de todos los niveles de ingreso, cualificación y actividad económica.
La violencia y el acoso en el mundo del trabajo constituyen una violación de los derechos humanos y una amenaza contra la dignidad, la salud y la seguridad de las mujeres, contraria a los acuerdos internacionales en la materia.
Este tipo de violencia en el mundo del trabajo adopta múltiples formas de abuso de poder por parte del empleador, que abarcan el maltrato físico, incluyendo agresiones, palizas, tentativa de homicidio y femicidio; violencia sexual, incluyendo violación y abusos sexuales; agresión verbal y sexista; hostigamiento; maltrato psicológico e intimidación; acoso sexual; amenazas de violencia y acecho. Formas de violencia y acoso, las cuales generan directamente una afectación de maltrato, persecución, discriminación, entorpecimiento, inequidad y desprotección el ámbito del laboral sin importar el grado o nivel de violencia y extensión en el tiempo.
La violencia y el acoso en el lugar de trabajo se presentan predominantemente hacia las mujeres, y de entre estas son las mujeres jóvenes quienes la experimentan de manera concentrada y desproporcionada. Se limita así el acceso al mercado de trabajo, su permanencia en él o las posibilidades de progreso en su carrera profesional, truncando el desarrollo pleno de proyectos de vida.
En Colombia según cifras del Ministerio de Trabajo, se recibieron para 2014 1.069 querellas de acoso laboral, mientras que en julio de 2015 la cifra disminuye a 735. Disminución que es consecuencia de la poca y efectiva respuesta institucional de las víctimas.
Según estadísticas de la Línea 155 de la Policía Nacional, entre 2015 y la actualidad, se denunciaron 127 casos de acoso laboral.
Adicionalmente, se han identificado barreras de acceso a la justicia laboral para los y las trabajadoras víctimas de la violencia y acoso laboral. Según reportes oficiales sobre procesos adelantados por la rama judicial en materia de acoso laboral en Medellín, Bogotá y Bucaramanga, para los casos de demanda de las mujeres trabajadores se siguieron 42 demandas, con un alto número de sentencias absolutorias: 15, encontrándose en trámite 26 y una sola condena en Bucaramanga.
La violencia y el acoso están fuertemente determinados por el contexto y a menudo responden a dinámicas que operan tanto en el mundo del trabajo como en la sociedad en general, incluyendo, entre otros factores, las relaciones de poder, roles de género, normas culturales y sociales y discriminación. Aunque la violencia y el acoso afectan a todos los sectores y ocupaciones, las relaciones de poder negativas, la discriminación basada en la interacción de distintos factores (como género y raza), las circunstancias y condiciones del trabajo y riesgos psicosociales pueden incrementar el riesgo de exposición a la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. Se necesita un enfoque integrado, no solo para la prevención, sino también para la protección efectiva, reconocimiento de garantías, la rehabilitación, medidas de compensación entre otras acciones de reparación.
Condiciones como trabajar solas, en entornos aislados o en la intimidad pueden ser factores de mayor vulnerabilidad, tal y como sucede con las trabajadoras del servicio doméstico, las cuales están expuestas a un alto riesgo de sufrir violencia y acoso en el trabajo. Para este caso específico se requieren medidas de inspección laboral que correspondan con las características de los hogares cuando estos son los lugares de trabajo, como en el caso de los y las trabajadoras del servicio doméstico, trabajadoras a domicilio, en empresas familiares, personas en teletrabajo o en el trabajo de cuidado no remunerado.
La violencia contra las mujeres sindicalistas
En 2017 y lo que va de 2018, se han presentados 204 violaciones a la vida, libertad e integridad cometidas contra sindicalistas. De estas, 186 acciones fueron perpetradas contra hombres y 18 contra mujeres. Como puede observarse este tipo de violencia se ha dado en mayor proporción contra los hombres, sin embargo, esta tiene características especiales cuando es dirigida hacia las mujeres, pues las prácticas violentas han buscado no sólo reducir su activismo sindical sino vulnerar su condición misma de ser mujer y lideresa en los ámbitos social y político. Además, se han identificado diversos daños e impactos individuales y colectivos para las mujeres.
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Violaciones a la vida, libertad e integridad, cometidas contra sindicalistas en Colombia,
2017-2018 (marzo 7)[1]
Tipo de violación/sexo | Mujeres | Hombres | Total general |
AMENAZAS | 11 | 120 | 131 |
HOSTIGAMIENTO | 3 | 21 | 24 |
HOMICIDIOS | 3 | 16 | 19 |
ATENTADO CON O SIN LESIONES | 1 | 15 | 16 |
DETENCION ARBITRARIA | 9 | 9 | |
ALLANAMIENTO ILEGAL | 2 | 2 | |
DESAPARICIÓN | 1 | 1 | |
DESPLAZAMIENTO FORZADO | 1 | 1 | |
TORTURA | 1 | 1 | |
Total general | 18 | 186 | 204 |
Fuente: Sistema de Información en Derechos Humanos, SINDERH, ENS.
Puedes descargar el informe aquí: Discriminación y Violencia Contra la Mujer en el Mundo del Trabajo
[1] Nota metodológica: Las cifras correspondientes a los años 2017 y 2018 son provisionales ya que se encuentran en proceso de recolección, contrastación y validación.