Análisis a proyecto de ley que se discutirá el próximo semestre sobre pensiones de alto riesgo.
Por David Marcelo Patiño Flórez
Miles de trabajadores colombianos ejercen múltiples labores que se pueden calificar como de alto riesgo, lo que lleva a que sus empleadores realicen una cotización adicional a pensión, con el fin de que se hagan acreedores a la pensión especial de vejez.
Si bien el Decreto 2090 de 2003 crea la pensión especial de vejez por actividades de alto riesgo, esta normativa presenta muchas dificultades y vacíos para el acceso a esa prestación social, ya que no existe un control constante y riguroso sobre las actividades objeto de ser catalogadas como de alto riego. De igual forma, ni el Ministerio de Trabajo ni Colpensiones tienen un registro de las empresas que desarrollan labores catalogas como de alto riesgo.
Las consecuencias de esta falta de intervención estatal son que al 2018 la evasión pensional de este tipo fuera de aproximadamente 7 billones de pesos, ya que para el año 2017 según Colpensiones, entidad que acoge alrededor de 31% de los afiliados a fondos de pensiones, se habían recibido cotizaciones por actividades de alto riesgo de solo seis empresas que, en su conjunto, sumaban 34 empleados.
Lo anterior ha incentivado al congresista Alberto Castilla, entre muchos otros y de la mano de sindicatos, a presentar el proyecto de ley 029 de 2021, el cual tiene por objeto darle una regulación clara al Decreto 2090 de 2003, teniendo en cuenta que, según cita el proyecto de ley, para 2015 en Colombia existían alrededor de 400 mil trabajadores que realizaban labores de alto riesgo.
Dentro de las principales características del proyecto de ley 029 de 2021 está la asignación de obligaciones, así:
- El Ministerio del Trabajo debe reconocer actividades de alto riesgo para que el empleador realice la respectiva cotización; expedir una guía técnica para la identificación y registro de las actividades de alto riesgo para la salud, tanto para las empresas como para los trabajadores que las realicen, de acuerdo con las necesidades del Sistema de Información.
- Colpensiones debe recaudar los aportes adicionales por el ejercicio de actividades de alto riesgo, iniciando los procesos de cobro patronal en mora, ya que, según el proyecto legislativo, Colpensiones no podrá negarse a otorgar esta pensión especial aduciendo mora en el pago de los aportes por parte del empleador.
- Como este es un derecho pensional propio de la prima media, los trabajadores deben trasladarse al fondo público, sin que sea necesario el cumplimiento del articulo 13 de la Ley 100 de 1993, el proyecto de ley también les da el derecho de que inicien controversias con su empleador respecto a la condición de alto riesgo de las labores que realizan, la cual debe ser dirimida por el Ministerio del Trabajo en un periodo de 30 días.
Es de destacar la importancia de estas iniciativas legislativas que buscan la protección de los trabajadores, sobre todo a aquellos que están expuestos a contextos que deterioran su salud y calidad de vida de forma acelerada. En este momento el proyecto esta cursando en la Comisión Séptima del Senado y ya conto con la primera ponencia. Por lo que es vital que todos los trabajadores y en especial aquellos que realicen actividades de alto riesgo realicen seguimiento y control político a esta valiosa iniciativa.
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