La Corte Suprema le ordenó al Congreso que profiera la ley o leyes que sean necesarias para actualizar la legislación laboral.
Por Beethoven Herrera Valencia*
En reciente fallo la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema determinó que la ‘añeja’ legislación laboral colombiana no responde a las nuevas realidades, y es necesario que se expida el Estatuto del Trabajo, según ordena la Constitución Política.
La Corte determinó que la legislación laboral es ‘añeja’, no responde a las nuevas realidades y considera que el Estatuto del Trabajo “permitirá poner a tono la normativa social con el discurrir de los tiempos y que seguramente dará un nuevo contenido a cada una de las figuras jurídicas que lo reclaman, entre ellas, la negociación colectiva (convención, pacto y laudo)”.(SL 1944-2021).
Por eso ordenó al Congreso que profiera la ley o leyes que sean necesarias para actualizar la legislación laboral, que respondan a los principios de la Constitución de 1991 y a los convenios internacionales del trabajo que hacen parte del bloque de constitucionalidad.
Puedes leer:
La sentencia señala que la legislación laboral colombiana tiene notorio atraso frente a las nuevas relaciones laborales y al avance de las tecnologías de la información. La Corte advirtió que los códigos sustantivo y procesal vigentes deben seguir interpretándose y aplicándose, tratando de armonizar la legislación con la Constitución del 91.
Resulta notable que dicho Estatuto del Trabajo no se haya expedido, que ningún gobierno en este largo periodo haya presentado alguna propuesta al respecto y que las propuestas de origen parlamentario o iniciativas ciudadanas no hayan logrado la aprobación del Congreso.
La celebración de los treinta años de la Constitución Política permitió balances y propuestas. Antonio Navarro destacó que la Constitución consolidó la paz con movimientos insurgentes que se incorporaron a la institucionalidad, pero la violencia persiste porque el Estado no ha cubierto con sus instituciones los territorios que ocupaban otras guerrillas ni ha logrado detener el asesinato de reinsertados.
Rodrigo Uprimny, por su parte, ha destacado que la Constitución es un compendio de derechos que mantienen vigencia y se trata de asegurar su implementación. Y advirtió que quienes proponen una nueva Asamblea Constituyente posiblemente están pensando en limitar esos derechos.
Tampoco se ha cumplido el mandato constitucional de definir el ordenamiento territorial… pero pese a las protestas que han sacudido al país desde 2019, la mayoría de los partidos políticos, organizaciones sociales y académicos defienden la permanencia la Constitución de 1991.
Te recomendamos:
En Chile las movilizaciones llevaron a un plebiscito que aprobó abrumadoramente la convocatoria de una convención constituyente y se rechazó la propuesta de confiar su redacción a un cuerpo mixto integrado por parlamentarios y constituyentes electos. La constituyente es paritaria por género, el Partido Demócrata Cristiano obtuvo uno de 155 constituyentes y la coalición de gobierno no logró el tercio de voceros que le permita bloquear los cambios.
La Convención Constituyente ha sido instalada bajo la presidencia de la académica mapuche Elisa Loncón Antileo, y todo apunta al desmonte del sistema de Fondos privados de pensiones, a la subordinación de las fuerzas armadas al poder ejecutivo y la eliminación del carácter lucrativo de la salud y la educación, como establece la constitución de Pinochet, aprobada en un referendum sin derechos para la oposición.
¡Qué diferente!
*Esta columna fue publicada originalmente en Portafolio y la puedes leer aquí
Luis Alberto Segura M:
23/08/2021,Unos 2000 trabajadores de la Industria petrolera que ya tenemos 63 años y más años no hemos podido pensionarnos porque hubo Acuerdos del ISS en los años 1965-1966 donde autorizo a las empresas petroleras No afiliar, no pagar aportes de pensión al ISS hasta que el ISS requiriera y tuvieran cobertura el ISS en todo el país. Este requerimiento de que los aportes de pensión que nos tenían guardado las empresas petroleras nunca lo hizo el ISS a las petroleras para que pagarán los aportes de pensión al ISS, las empresas petroleras extranjeras liquidabán contratos con Ecopetrol S. A y Hocol S. A y las interventora hacian Caso omiso de que pagarán al ISS el pasivo pensional. Hoy en día por decir yo Luis Alberto Segura M tengo perdido 4,5 Años con Colpensiones S. A, Porque las empresas extranjeras se fueron del país otras ya no existen en el mercado de negocios. Presente una tutela a Colpensiones solicitando mi registro de estos 4,5 años perdidos y la tutela fue improcedente porque existen otros medios judiciales