Así investiga la JEP los casos territoriales

Fotografía tomada de la página de la JEP

La relación entre los humanos, la tierra, el agua y las especies que habitan sus territorios ha sido marcada por el cuidado de la tierra como hogar, lugar sagrado, sustento y transporte. Durante el conflicto armado se afectaron esas relaciones por cuenta de la violencia y la muerte. Es preciso reconocer que no todas las comunidades se vieron afectadas por el conflicto en la misma dimensión.   

Aquellas comunidades campesinas que viven de la producción agrícola y de la pesca o  las étnicas que tienen una relación cultural y espiritual con el territorio fueron victimizadas, no solo por habitar un territorio objeto de disputa entre los actores del conflicto, sino también porque sus costumbres y modos de vida fueron ampliamente violentados, estigmatizados y transformados.

Tres de los siete macrocasos que adelanta la JEP se enfocan en  reconocer las violencias contra  la vida, no solo de los seres humanos, sino del territorio y las costumbres que fueron gravemente utilizadas como instrumento de guerra. Estos incluyen el caso 02 que investiga los hechos ocurridos en  Tumaco, Barbacoas y Ricaurte en Nariño; el caso 04 que se enfoca en la región del Urabá –municipios de Turbo, Apartado, Carepa, Chigorodo, Mutata y Dabeida en Antioquia y Carmen del Darien, Riosucio, Unguia y Acandi en Chocó–;y el  caso 05 que esclarece los hechos cometidos en el gran territorio Nasa de la Cxhab Wala Kiwe y los municipios de Caldono y Morales en el Norte del Cauca y el Sur del Valle del Cauca.

Cada caso investiga violaciones a los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario con delitos como desplazamiento, asesinato, métodos no convencionales de guerra, violencia sexual, tortura, reclutamiento forzado y confinamiento en contra de pueblos afrocolombianos, indígenas, comunidades campesinas, sindicatos y organizaciones sociales con una mirada más aguda hacia las violencias cometidas en mujeres y los grupos LGBT.

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La investigación de crímenes cometidos contra la población exige la necesidad de entender las características diferenciadas que señalan las comunidades para el esclarecimiento de la verdad de lo ocurrido durante el conflicto. La JEP ha emprendido acciones con otras jurisdicciones como la Jurisdicción Especial Indígena que permiten entender la justicia transicional como un mecanismo dialéctico, que se construye sin desantender la vocación de juzgamiento y establecimiento de la verdad por parte de los comparecientes y la realidad vivida por las comunidades, los territorios y sus autoridades tradicionales.

Territorio como víctima

​Disposiciones como los artículos 3 y el 45 del Decreto Ley 4633 de 2011, que regulan el reconocimiento del territorio como víctima y la atención, reparación integral y restitución de derechos territoriales de las víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas, impulsan la acreditación de los territorios y la naturaleza como sujetos y víctimas del conflicto.    

Las investigaciones de los tres macrocasos territoriales adelantados por la JEP incluyen los daños socioambientales y territoriales en los municipios priorizados. Este hecho reconoce la vulnerabilidad de las relaciones humano-naturaleza que fueron destruidas sistemáticamente por las actividades de la minería ilegal y criminal, la deforestación, la dispersión aérea de glifosato, el derrame de petróleo en cuencas hídricas, entre otros.

Las investigaciones dan contexto sobre la propiedad de la tierra como un factor en la causalidad de los hechos de violencia contra campesinos, comunidades negras, indígenas y sindicales. En otras palabras, se trata de abordar las relaciones entre los distintos actores armados, los patrones de macrocriminalidad, los elementos contextuales de los hechos graves y representativos, las causas y las afectaciones, así como las dinámicas territoriales y temporales en las que el conflicto armado interno se desarrolló, se transformó y persiste.

CASO 002

​​Los Tres municipios priorizados en los que se enfoca el caso 002 están en territorios étnicos en donde se encuentran consejos comunitarios afrodescendientes y resguardos indígenas de los pueblos Awá y Eperara Siapiadaara. Este caso ha acreditado al territorio como víctima desde la visión de los pueblos étnicos que lo habitan y quienes son los llamados a gestionar sus derechos. Aproximadamente 575.039 hectáreas pertenecen a pueblos indígenas y afrocolombianos.

Según el pueblo Awá, ellos pertenecen al “Katsa Su»: el Gran Territorio Awa. En el Katsa Su, los Awá desarrollan la vida espiritual, se armonizan con sus ancestros y realizan sus rituales. Es un territorio con abundantes sitios sagrados y plantas medicinales que brindan aliento, orientación, resistencia y sostenimiento a los Awá.

CASO 004

El conflicto armado irrumpió las dinámicas y los procesos naturales de la región de Urabá y transformó la realidad esencial de las comunidades de este territorio. En el Urabá se encuentran resguardos y grupos indígenas con mayor representatividad en Dabeiba y Mutatá en Antioquia y en Unguía y Acandí en el Chocó. También se encuentran consejos comunitarios en las cuencas de los ríos afluentes del Bajo Atrato en el Chocó y en el municipio de Turbo, en Antioquia, en donde se recogen mayoritariamente la población afrocolombiana de esta región.

Los intereses que existen sobre el territorio, el despojo de tierras de gran vocación productiva y el tránsito de drogas, el confinamiento de comunidades indígenas y afro, así como la restricción a la ancestral forma de relacionarse con sus territorios han llevado a nuevas formas de resistencia. Como respuesta esos fenómenos ha surgido la protección de los territorios como escenarios de Paz, el reclamo por la desterritorialización y su lucha por la restitución de sus bienes y sus predios transferidos o en posesión de otros.

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CASO 005

En el Caso 005, el “Gran territorio Nasa de la Cxhab Wala Kiwe» fue acreditado como víctima a través del Auto 02 del 17 de enero de 2020. En este caso se cuentan como priorizadas las poblaciones de Santander de Quilichao, Suárez, Buenos Aires, Morales, Caloto, Corinto, Toribio, Caldono, Jambaló, Miranda, Padilla y Puerto Tejada, en Cauca y Florida, Pradera, Palmira, Jamundí y Candelaria, en el Valle del Cauca.

Los pueblos indígenas del Norte del Cauca tienen una relación profunda con su territorio. Su cultura y cosmogonía muestra la tierra como un lugar que se construyen colectivamente y en armonía, donde viven y perviven “hacemos nuestras actividades culturales, agrícolas, comunitarias. ¡Somos hijos de la madre tierra, no sus dueños! Por eso la  cuidamos, la protegemos y la defendemos. El territorio lo concebimos como casa y madre», afirmó el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC) en uno de sus comunicados.

El territorio Nasa ha sido víctima de profundas disputas por distintos actores armados. Su localización estratégica ha servido para el cultivo, producción y transporte de drogas por corredores que vienen desde las montañas de la Cordillera Occidental hasta el litoral pacífico.

Vulneraciones a la población

Cientos de miles de personas vivieron  las violencias que traían consigo los actores del conflicto  a las regiones producto de los intereses ilícitos y economías ilegales que surgían sobre los territorios. Los niños, niñas y adolescentes sufrieron violencias muy específicas asociadas al reclutamiento infantil, la pérdida de sus cuidadores y violencias sexuales. Igualmente, las mujeres y personas LGBT vivieron violencias físicas y simbólicas que instrumentalizaron sus cuerpos como botín de guerra.    

CASO 004

En las comunidades indígenas y consejos comunitarios en la región del Urabá, los ejercicios de control que ejercían los actores armados desencadenaron homicidios selectivos –individuales y colectivos–, que llevaron al desplazamiento forzado de millares de familias, lo que los dejó expuestos a la precaria oferta del Estado.

La tortura y violencia sexual principalmente contra mujeres y niñas eran recurrentes en la región. El reclutamiento de niños y niñas y la utilización de medios y métodos de guerra no convencionales, aún en la actualidad, representan riesgos y dejan graves secuelas a las comunidades.   

La región del Urabá se caracterizó por la protección y el favorecimiento de economías legales o ilegales a costa de los derechos legítimos de propiedad de comunidades y de campesinos. Fue en esta región en donde se vio la emergencia de un modelo de estructura armada ilegal ligado con la explotación de tierras despojadas. En este caso se han acreditado a 13.376 individuos mediante 96 sujetos colectivos y se han dado 57 acreditaciones individuales.

CASO 005

Los pueblos indígenas del Cauca han sufrido de manera muy intensa las consecuencias del conflicto armado. Para la ONIC, el Cauca es uno de los departamentos en los que se presenta una mayor violación de los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas. Tanto la Corte Constitucional en reiteradas sentencias ha reconocido esta situación asi como la  Comisión Interamericana de Derechos Humanos en distintas medidas cautelares.

Por su parte, el DANE reportó que en 2005 en el Cauca se identificaban 165.228 afrodescendientes y aunque la mayor parte de esta población vive en las costas, también se ha reconocido titulación colectiva a un número significativo de pobladores afrocolombianos en Buenos Aires, en donde está el Consejo Comunitario de la Cuenca del río Cauca -del que son miembros cerca de 17 mil personas-.

Las comunidades negras se han organizado para conformar la Asociación de Consejos Comunitarios del Norte del Cauca, que congrega 32 consejos comunitarios. Estos consejos incluyen los territorios de Padilla, Caloto, Santander de Quilichao (municipio con mayor número de población afrodescendiente del departamento), Corinto, Suárez, Miranda, Puerto Tejada, Guachené y Villa Rica.

La comunidad afrodescendiente del norte del Cauca ha sufrido los embates del conflicto armado e incluso ha resultado revictimizado, pues muchos de ellos llegaron allí luego de huir de la violencia en el pacífico colombiano. El caso 005 ha acreditado a más de 164.000 víctimas mediante 83 sujetos colectivos que reúnen a 34 resguardos y cabildos y 47 consejos comunitarios y 2 organizaciones de víctimas.

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ACREDITACIÓN COLECTIVA

La JEP reconoce la importancia de las víctimas en la construcción de las garantías de verdad, tal y como fue estipulado en el Acuerdo Final de Paz. En este sentido, una de las rutas de participación es la solicitud de acreditación como intervinientes especiales dentro del proceso judicial. La presentación de la solicitud solicitud de acreditación como víctima en el proceso de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de Hechos y Circunstancias, busca que se puedan aportar pruebas, presentar observaciones a las versiones que rindan los comparecientes, hacer demandas de verdad, recibir copia del expediente y participar en todas las etapas de los procesos.

Sin desconocer la importancia de los ejercicios individuales de acreditación en la descripción de las conductas investigadas y reconociendo la gran cantidad de víctimas que están registradas en el Registro Único de Víctimas, la acreditación de los sujetos colectivos representa un mecanismo idóneo y adecuado para la atención de las máximas que configuran el actuar misional de la JEP, en particular el principio de centralidad de las víctimas en el marco de las actuaciones.

Las acreditaciones colectivas permiten canalizar y enfocar el desarrollo de las acciones judiciales en curso a las expectativas y necesidades en materia de satisfacción de derechos. Los Pueblos Indígenas, las Comunidades Negras y Afrocolombianas y en general colectivos sociales pueden solicitar una acreditación colectiva atendiendo a las formas propias organizativas y ancestrales.

Diálogo intercultural y articulación y coordinación interjurisdiccional

El diálogo intercultural es una obligación que dicta la misma multiplicidad de sujetos que habitan estos territorios. Es clave entender cómo se organizaron estos pueblos, cómo entienden el sistema punitivo y la reparación, además de trabajar conjuntamente para lograr la satisfacción de derechos.

Estas articulaciones permiten hacer pedagogía para la presentación de informes escritos y mixtos, la participación y acreditación de pueblos étnicos como víctimas en calidad de sujetos colectivos de derecho y la caracterización de las afectaciones, daños e impactos diferenciados en el marco del conflicto armado.

Esa articulación es también pertinente en la medida en que permite hacer diligencias judiciales de notificación y comunicación con pertinencia étnica y cultural; diligencias de coordinación interjurisdiccional con las autoridades de la Jurisdicción Especial Indígena; acompañamiento sociocultural y espiritual en el marco de las diligencias judiciales donde participan víctimas de pueblos étnicos, una defensa étnicamente diferenciada para estos comparecientes y crear estrategias y acciones para evaluar condiciones de seguridad de los pueblos en relación con la participación ante la JEP.

Se ha avanzado considerablemente junto con las organizaciones sociales, étnicas y afrodescendientes en la comprensión y construcción conjunta de un sistema de justicia que pueda brindar garantías y reconocer las particularidades de cada comunidad. Los retos que enfrentan estos casos son estudiados minuciosamente para atender cada una de las realidades territoriales. Estas acciones se verán reflejadas en los momentos de determinación de hechos y máximos responsables.

* Este texto fue publicado originalmente en la página de la JEP, puede leer el texto aquí.

Creemos que el Sistema Integral de Verdad Justicia Reparación y no Repetición, SIVJRNR es muy importante para la construcción de paz en el país y el movimiento sindical debe estar enterado de lo que está pasando con él, por eso republicaremos algunas de las noticias de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP y de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, CEV.

Así mismo, a través de redes sociales con los hasgtag #NoticiasDeLaJEP y #NoticiasDeLaComisión contaremos hechos de estas dos instancias creadas por el acuerdo de paz

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