Que se propone la reforma laboral del Gobierno

Imagen de referencia tomada de cdn.colombia.com

Este año se presentará la reforma laboral anunciada por el gobierno de Gustavo Petro

Por Carlos Julio Díaz Lotero

El gobierno del presidente Gustavo Petro se ha comprometido a presentar un proyecto de reforma laboral en el segundo periodo de sesiones de la actual legislatura que inicia el 16 de marzo. Para aproximarnos a lo que debiera abordar el conjunto de iniciativas gubernamentales haré la siguiente disgregación, inicialmente parto de los antecedentes en la Conferencia Nacional del Trabajo y terminó por señalar los contenidos laborales y sindicales de la agenda legislativa que se avecina.

Conferencia Nacional del Trabajo

El 8 de septiembre del año 2022 se llevó a cabo la Conferencia Nacional del Trabajo, convocada por las tres Centrales Sindicales, CUT, CGT y CTC, agrupadas en el Comando Nacional Unitario, con el apoyo de importantes centros de investigación sobre temas del trabajo. La finalidad de este encuentro era presentar al gobierno una serie de propuestas de reforma laboral que el sindicalismo ha venido promoviendo, y retomando incluso algunas propuestas programáticas del presidente Gustavo Petro en su condición de candidato. En el marco de la Conferencia Nacional del Trabajo las centrales le entregaron al gobierno, representado en su Ministra de Trabajo y Viceministro de Relaciones laborales, un conjunto de iniciativas en cuatro grandes ejes temáticos

  1. Propuestas para ser incluidas en el Plan Nacional de Desarrollo que hasta al momento ha incorporado en su enfoque de trabajo decente los lineamientos para fortalecer las funciones de inspección laboral del Ministerio de trabajo, la formalización laboral del empleo público que se encuentra bajo la figura de los contratos de prestación de servicios, y la formalización del trabajo rural.
  2. Propuestas de decretos reglamentarios para ser expedidos por el Ministerio del Trabajo.
  3. Iniciativas en torno al compromiso incumplido por el Congreso de la Republica para expedir un Estatuto del trabajo.
  4. Un conjunto de proyectos de ley para ser presentados en el Congreso de la Republica.

La Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales creó cuatro subcomisiones para buscar, por la vía del dialogo, acuerdos sobre el contenido final de las propuestas en materia de Estatuto del Trabajo, Empleo y empleabilidad, Reforma pensional, y Análisis de decretos y proyectos de ley.

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Contenidos de los proyectos de ley de reforma laboral

Los proyectos de ley que deben presentarse en el segundo periodo de sesiones de la actual legislatura deben atender problemáticas acumuladas durante más de treinta años de reformas regresivas en garantías laborales y sindicales. Veamos

Derechos individuales

Los proyectos de ley deben empezar por derogar las disposiciones de la Ley 789 de 2002 que recortaron ingresos laborales al disminuir los recargos nocturnos y por trabajo en dominicales y días festivos. Esto se hizo bajo el argumento de generar empleo, y ante la evidencia empírica de que los empleos prometidos nunca se generaron, y que solo concentraron mayores ganancias en la parte empresarial, es más que justo restablecer los derechos conculcados.

Se hace necesario un proyecto para ampliar la licencia de paternidad en Colombia con el fin de disminuir la penalización sobre el empleo para las mujeres, y evitar que se considere a las madres como las únicas responsables del cuidado de los hijos e hijas y promover un cambio cultural importante garantizando progresivamente transformaciones sociales hacia la igualdad.

Se debe tramitar una iniciativa legislativa, que garantice la regulación laboral del trabajo en plataformas virtuales (digitales) que hoy se desarrolla en el marco de una alta precarización y flexibilidad laboral. Esto implica que las relaciones laborales no solo deben regularse por el derecho laboral, sino que deben también involucrar la protección social de trabajadores y trabajadoras

Finalmente se requieren una serie de reformas legales para hacer precisiones que eviten los abusos que se viene cometiendo, por parte de sectores empresariales, con los contratos de obra o labor para el desarrollo de labores misionales, con los contratos a término fijo para actividades que tienen vocación de permanencia en las empresas, y el uso indebido que las Empresas de Servicios Temporales hacen de la figura de empleos en misión que van más allá de reemplazar personal en vacaciones, en uso de licencia, y en incapacidad por enfermedad o maternidad.

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Derechos de libertad sindical o derechos colectivos

En materia de libertad sindical, se deben adoptar los compromisos internacionales adquiridos por el gobierno (Plan de Acción Laboral Obama-Santos, Hoja de ruta con la Unión Europea, compromisos con la OCDE), las recomendaciones de los organismos internacionales, los desarrollos de la Corte Suprema y los mandatos constitucionales en materia laboral y de libertad sindical. El congreso debe tramitar las siguientes iniciativas

  • Desarrollo de la negociación colectiva multinivel que implique la articulación por sectores económicos, gremios, grupos económicos y por empresa, según lo recomienda en parte la OCDE.
  • Prohibir los pactos colectivos en empresas donde existan sindicatos, según las recomendaciones de la OIT y la OCDE.
  • Se debe desarrollar el artículo 56 de la Constitución Política para definir qué se entiende por servicio público esencial y evitar que se sigan declarando ilegales las pocas huelgas que se realizan en el país
  • Finalmente se debe reformar por vía legislativa el decreto 160 del 2014, que regula la negociación colectiva de sindicatos de empleados de la Administración Publica, para facilitar la solución arbitral de los conflictos laborales del sector público y la participación de los sindicatos, en las negociaciones colectivas, según se representatividad.

Estatuto del Trabajo

Dentro de los anuncios por parte de la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, que a su vez es uno de los compromisos programáticos del Presidente Gustavo Petro, se cuenta dar cumplimiento al mandato del artículo 53 de la Constitución Política que ordena al Congreso expedir el estatuto del trabajo de acuerdo con los principios de igualdad, progresividad y no regresividad.

El proyecto de ley que se presentará al Congreso se va a acordar en la subcomisión creada para este propósito. La idea es acordar de manera concertada el camino, naturaleza y contenido de dicha ley.

Cumplimiento y ratificación de Convenios de OIT

Existe el compromiso del gobierno, de una parte, en garantizar el cumplimiento de los convenios internacionales del trabajo que se encuentran ratificados, y por la otra, mediante trámite legislativo, ratificar los convenios de OIT 135 (sobre los representantes de los trabajadores), 141 (sobre las organizaciones de trabajadores rurales), 142 (sobre el desarrollo de los recursos humanos), 156 (trabajadores y a las trabajadoras con responsabilidades hacia los hijos a su cargo), 183 (sobre la protección de la maternidad), 190 (erradicación de todo tipo de violencia y acoso en las relaciones de trabajo), Convenios 97 y 143  sobre Trabajadores migrantes, Convenios 102, 155 y 187 sobre Salud y Seguridad en el Trabajo.

Fortalecimiento del sistema de prevención, inspección, vigilancia y control

Este sistema tiene como función pública velar por el cumplimiento de las disposiciones normativas relativas a las condiciones laborales y a la protección de las y los trabajadores en el ejercicio de su trabajo. Para garantizar mayor eficacia en las funciones de inspección y vigilancia del Ministerio del Trabajo se debe incrementar la planta de inspectores según los parámetros internacionales, con los perfiles adecuados, estableciendo un enfoque preventivo y de protección de derechos.

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Convocatoria a las Subcomisiones Departamentales de Concertación de Políticas Salariales y Laborales

La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, en la Circular 0003 del 4 de enero del 2023, acaba de convocar a todas las Subcomisiones Departamentales de Concertación para abordar los siguientes temas que, según su criterio, desarrollan los principios mínimos del artículo 53 de la Constitución Política

  • Trabajo rural.
  • Trabajo sexual.
  • Brechas de género (Igualdad de oportunidades para los trabajadores).
  • Formas de contratación laboral (Remuneración vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo, estabilidad en el empleo, irrenunciabilidad a los principios mínimos establecidos en normas laborales)
  • Informalidad – Contratación por servicios – formalización – Empleo (Primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales, garantía a la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento)
  • Jornadas de trabajo (Diurna – Nocturna) (Descanso necesario)
  • Protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad.
  • Trabajo en plataformas digitales
  • Negociación colectiva (Multinivel-sectorial-atomización sindical, etc)
  • Población con discapacidad (Mejoramiento de oportunidades de inclusión laboral)

Otros temas como la formalización laboral de los casi cinco millones de trabajadores que se encuentran bajo vínculos laborales ilegales, el rediseño y fortalecimiento de los espacios de dialogo social, la reglamentación del teletrabajo y de la flexibilización de la jornada laboral, entre otras, se harán por vía de decretos reglamentarios del Ministerio del Trabajo.

El sindicalismo y la sociedad organizada deben estar atentos a este proceso de reforma laboral, que con seguridad va a necesitar no solo del acompañamiento de los debates en el Congreso de la Republica, sino de la movilización social de los sindicatos y trabajadores colombianos.

*Este artículo fue publicado originalmente en la Revista Sur. Puedes leerlo aquí

Carlos Julio Díaz Lotero

Carlos Julio Díaz Lotero es Contador Público de la Universidad de Medellín. Especialista en Planeación urbano regional de la Universidad Nacional. Ex – presidente de la CUT Antioquia. Ex-Director de la Escuela Nacional Sindical y socio de la misma.

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