Garantizar la protesta social es función de un Estado democrático

Imagen de referencia. Protesta social de maestros en Cartagena. Tomada de Eluniversal.com

La protesta social es una manera legítima de exigir a las autoridades que cumplan lo prometido o de expresarnos sobre temas que nos afectan y queremos comunicar a la sociedad.

Por Fundación Foro Nacional por Colombia

La estrategia del gobierno Duque, aún antes de su posesión oficial, ha sido estigmatizar y criminalizar la protesta social. Desde la voz de su Ministro de Defensa con el respaldo de sectores gremiales y por supuesto de la bancada de gobierno, se alude a la protesta como asunto de orden público que resulta en vandalismo sobre bienes públicos y privados. Esta no es solo una lectura desafortunada y parcializada, sino además autoritaria y ajena al espíritu y al ordenamiento constitucional colombiano.

Las movilizaciones y protestas son expresiones sociales propias de las democracias. Además de ser vías directas para que la ciudadanía exprese aspiraciones, frustraciones, desacuerdos o reclamos sobre los asuntos que afectan sus vidas, su ejercicio práctico se apoya en el respeto y el reconocimiento de garantías y libertades como el derecho de reunión y asociación, o de las libertades de expresión y de conciencia. No se puede ignorar que la mayoría de los derechos y libertades se conquistaron gracias a las movilizaciones y protestas de varias generaciones que nos antecedieron y nos legaron la comprensión de la importancia de proteger el “derecho a tener derechos”, a protestar cuando los derechos y libertades son vulnerados o negados y cuando no hay otros medios para expresarlo o hacerse oír.

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A un Estado democrático le corresponde garantizar la expresión pública de sectores marginados, minoritarios o de oposición política, con el propósito de que puedan alcanzar y ampliar la realización de derechos individuales y colectivos, en aspectos cruciales como los asuntos económicos, sociales, políticos, culturales o ambientales, y frente la ausencia o la ineficacia de lograrlo por otras vías democráticas.

Una democracia agoniza cuando no se permite la expresión plural de ideas que reflejan la heterogeneidad social y política.

Una democracia agoniza cuando no se permite la expresión plural de ideas que reflejan la heterogeneidad social y política. La Constitución Política colombiana en el artículo 37 reconoce formalmente las movilizaciones y protestas como modalidades legítimas de acción colectiva – entendidas como reunión y manifestación pública – a través de las cuales la ciudadanía se expresa frente a los asuntos que afectan su vida.

De acuerdo con la base de datos de las luchas sociales del CINEP/PPP, en los años recientes las movilizaciones y protestas se han consolidado como el medio por excelencia para expresar el descontento social y el Estado colombiano ha optado por privilegiar el orden público por sobre los reclamos y demandas de quienes protestan, frente a los cuales ese Estado poco o nada responde y, por el contrario, genera nuevos motivos para protestar.

La tendencia estatal ha sido enviar mensajes que estigmatizan la protesta y a equipararla con disturbios públicos. Si bien es cierto que la protesta, dada su naturaleza disruptiva, supone ciertas incomodidades para la población que no participa directamente en ella, o lleva a que las autoridades perciban en su desarrollo algunas dificultades para preservar el funcionamiento cotidiano de las instituciones y de las vías públicas, no se puede concluir que la protesta social se encuentra en el mismo plano jurídico y constitucional que los disturbios públicos, ni se puede restringir al punto de llegar a impedir el ejercicio de este derecho; así lo ha señalado la Corte Constitucional en varias de sus sentencias. Los principales instrumentos internacionales de derechos humanos – incorporados en el ordenamiento jurídico colombiano – hacen un reconocimiento preciso y amplio del derecho a la manifestación pública pues se trata de una expresión propia a la condición humana, funcional para el cumplimiento de los demás derechos.

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El rol del Estado debe ser permitir, proteger y facilitar la concurrencia a las movilizaciones y protestas pacíficas. De allí la importancia de contar con un marco normativo y de políticas públicas que se ocupe de abordar temas como el acceso al espacio público, inherente a la movilización y la protesta, que otorgue garantías de seguridad y protección para su ejercicio y prevenga hechos de violencia. Pero además se requiere una respuesta efectiva de las autoridades públicas a las demandas ciudadana; porque protestar no es un deporte: es un acto consciente de expresión social y política que busca la realización de otros derechos y es el medio más directo y amplio para hacer oír voces diversas.

Sin duda en el mundo, ayer, hoy y siempre, ¡se vale protestar!

Esta nota fue publicada originalmente aquí


*Las opiniones aquí expresadas son del autor y no comprometen los lineamientos de la Escuela Nacional Sindical

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