Trabajadores en condición de discapacidad podrían perder estabilidad laboral reforzada

Alerta por proyectos de ley que cursan en el Congreso

Desde 1997 en Colombia existe una norma por la cual los empleadores tienen limitantes para despedir a trabajadores en condición de discapacidad, debido a un fuero especial, o estabilidad laboral reforzada, que los protege.

Se trata de la Ley 361, llamada “Ley Clopatofsky”, la cual estipula que si un empleador quiere despedir a una persona con discapacidad, debe radicar primero una solicitud ante el Ministerio de Trabajo, incluso si el despido es por justa causa; norma que reforzó un fallo de la Corte Constitucional, que obliga al reintegro inmediato del trabajador en caso de que el empleador no haya hecho esa solicitud previa y esperado la autorización del inspector.

El propósito de la “Ley Clopatofsky” es claro: brindarles protección adicional a los trabajadores con discapacidad, en razón de que son los más vulnerables y por su condición tardan más tiempo en conseguir un nuevo empleo. Además, porque en Colombia su número es muy alto. Hay 2´630.000 personas con algún tipo de discapacidad, y de ellas, según datos recientes del Ministerio de Trabajo, sólo 133.000 trabajan.

Pero esta prerrogativa puede cambiar en virtud a dos proyectos legislativos que cursan en la Comisión Séptima del Senado, que buscan modificar la estabilidad laboral reforzada que hoy ampara a los trabajadores con discapacidad, y que facilita su despido de las empresas. Esto bajo el argumento de que la norma, tal como está, desincentiva a los empleadores para contratar a estas personas.

Un primer proyecto fue radicado desde junio por la bancada del Partido de la U, encabezada por Roy Barreras, José David Name y José Caicedo, entre otros. El artículo 4°, el más polémico de este proyecto, señala que ninguna persona con discapacidad podrá ser despedida o su contrato terminado por razón de su limitación, salvo que medie autorización del Ministerio de Trabajo, pero esta autorización no se requerirá cuando el trabajador con discapacidad incurra en alguna de las razones establecidas en la ley como justas causas para dar por terminado el contrato. (Ver texto completo de este proyecto en archivo adjunto).

El otro proyecto de ley, también modificatorio de la “Ley Clopatofsky”, fue presentado por el senador Álvaro Uribe Vélez y su partido Centro Democrático, y que al igual que el primero está en fila para primer debate en el Senado.

Reacciones a los proyectos

Sobre el tema, Luis Alejandro Pedraza, presidente de la CUT, señaló que en Colombia se quiere imponer la tesis que la generación de empleo tiene que estar sujeta a las exigencias y requerimientos de los empleadores y del capital, que actúan pensando en aspectos monetarios y no humanitarios. “Dentro de la central hemos sido testigos de que hay fricciones entre las compañías y sus empleados que cuentan con algún tipo de discapacidad”, señaló.

Para analizar las implicaciones de la iniciativa legislativa que cursa en el Congreso, esta agencia también consultó la opinión de profesor Iván Daniel Jaramillo, coordinador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, entidad que ha estado muy pendiente del tema. Además, él mismo es una persona en situación de discapacidad. Al respecto opinó:

Los proponentes del proyecto sostienen que por culpa de la estabilidad laboral reforzada es bajo el nivel de ocupación de las personas con discapacidad. Nosotros no estamos de acuerdo con esa apreciación. Pensamos que el fuero no obliga a la inamovilidad del trabajador. El rol del inspector de trabajo

existe solamente para que se garantice que no haya discriminación. Es un control previo dirigido a una población que por su condición merece una especial protección. Pero no les da a los trabajadores con discapacidad absoluta libertad para cometer faltas impunemente”.

Para este académico, los legisladores deben ir más allá del concepto de estabilidad laboral reforzada, porque, en su opinión, el tema de la discapacidad dejó de ser solo del ámbito médico, pasa por el acceso a los bienes y servicios por parte de estas personas. En tal sentido propuso a los ponentes de los proyectos adoptar “ajustes razonables que garanticen la remoción de las barreras comunicativas, físicas y actitudinales”, en concordancia con las obligaciones plasmadas en la Ley 1618 y las que probó la Convención Mundial sobre personas con discapacidad.

Es decir, se trata de que sea obligación de los empleadores adecuar en las empresas mecanismos, como rampas de acceso, oficinas y puestos de trabajo para que las personas con discapacidad realicen de una buena forma su labor y no tengan barreras de exclusión y discriminación.

El proyecto de ley no cambia los incentivos que hay en Colombia para promover la contratación de personas en condición de discapacidad. Hoy las empresas que tengan dentro de su equipo trabajadores con discapacidades superiores al 25% pueden descontar parte del pago del impuesto de renta equivalente al doble del salario que le paguen. Además, según la Ley 789 de 2002, pueden reducir en un 50% su cuota de aprendices, que es el programa del SENA que obliga que por cada 20 trabajadores debe haber un técnico o tecnólogo haciendo su fase práctica en la empresa.

La realidad es que en Colombia conseguir empleo no es fácil. Hay actualmente 2’170.000 desempleados y más de la mitad de los que consiguen trabajo se encuentran en la informalidad. Y para las personas con discapacidad es más difícil aún tener opciones en el mercado laboral. Así que la pregunta es: ¿es justo y pertinente quitarles su protección laboral?

Así las cosas, el movimiento sindical debe estar muy pendiente de lo que ocurra en el Congreso con la iniciativa legislativa. Ya ha habido algunos plantones y manifestaciones que han puesto en evidencia la amenaza que se cierne sobre la estabilidad reforzada de las personas con discapacidad. Como la protagonizada este miércoles por grupos de trabajadores en Medellín y otras ciudades del país, donde realizaron mítines de protesta ante las oficinas del Ministerio del Trabajo.

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