El PND es un astrolabio equivocado que nos llevará a perdernos en un mar sin derechos laborales. Adolece de un enfoque de derechos, la Libertad Sindical no constituye una prioridad para el gobierno de Iván Duque.
Por Ana María Amado Correa. Área de Defensa de Derechos. ENS.
Los instrumentos de navegación y ubicación han constituido elementos fundamentales para la consolidación de la historia de la civilización humana, siendo esenciales para determinar los derroteros y seguir tejiendo los esbozos del futuro.
Actualmente, está en construcción el instrumento que determinará el futuro de Colombia hasta el 2022, el Plan Nacional de Desarrollo “Pacto por Colombia. Pacto por la equidad” en virtud del cual nuestro país debería dar un paso hacia adelante bajo las premisas establecidas en el ordenamiento jurídico nacional e internacional, cimentando el camino hacia la consolidación de ese Estado Social de Derecho que desde 1991 nos propusimos ser. Sin embargo, cabe preguntarnos ¿tenemos el astrolabio correcto? ¿Llevará el país a costas seguras?
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Análisis de múltiples actores académicos y sociales muestran que el Plan Nacional de Desarrollo que propone el Gobierno Duque, lleva al lugar equivocado. Inscribe estrategias que carecen de enfoque de derechos y profundizan la privatización e individualización de lo público en todos los ámbitos de la vida ciudadana, afectando en gran medida el derecho al trabajo.
Según la OIT, el derecho al trabajo decente se satisface si los ciudadanos cuentan con garantía de empleo, protección social, derechos laborales y diálogo social, componente este que se satisface con el ejercicio del derecho humano a la Libertad Sindical, conformado por la triada: asociación sindical, negociación colectiva y huelga, consagrada en la Constitución Política de 1991. En virtud de esto derecho, las y los trabajadores podemos mejorar nuestras condiciones laborales, esenciales para la plena satisfacción de nuestro proyecto de vida.
¿El Plan propuesto por el Presidente Duque mantiene y mejora el derecho humano a la Libertad Sindical? ¿Garantiza el cumplimiento de los artículos 39, 55 y 56 de la Constitución Política? La respuesta claramente es negativa, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
1. El PND parte de unas bases equivocadas
Parte de la siguiente premisa: promover la generación de ingresos y la inclusión productiva a través del emprendimiento constituye la vía para lograr la equidad. O sea que dependerá de cada uno de los ciudadanos individualmente, no colectivamente, garantizar su proyecto de vida a través del emprendimiento y la generación de ingresos, en un escenario en el que el papel del Estado es meramente subsidiario. En otras palabras, el “pobre es pobre porque quiere, por no ser emprendedor, por no generar ingresos”.
El derecho humano a la Libertad Sindical tiene una dimensión colectiva esencial, pues tiene como base el ejercicio del derecho de asociación de los trabajadores, quienes negocian colectivamente (o van a la huelga) con sus empleadores, e incluso con el Estado, para lograr mejorar condiciones laborales que dignifiquen al ser humano. Cumpliendo en esa medida imperativos de tipo ético y político, toda vez que el ejercicio de la Libertad Sindical conlleva la distribución de la riqueza, la igualdad real y la paz.
En sus bases, sus propuestas y su articulado, el Plan Nacional de Desarrollo propuesto por Duque expresa un concepto opuesto al ejercicio del derecho humano a la Libertad Sindical.
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2. El PND rompe el concepto de Trabajo Decente
Al observar el articulado del Plan, se evidencian las siguientes situaciones:
- Para el Estado, un trabajador formal será el que cuente con el acceso a Beneficios Económicos Periódicos, que no son un derecho a la pensión), con régimen subsidiado de salud (que no es derecho a la salud), y con el Seguro Inclusivo Rural. Por tanto, no garantiza el trabajo decente y brilla por su ausencia cualquier tipo de consideración a los derechos laborales colectivos. Un concepto de formalización errado que dará lugar a una política laboral inconstitucional.
- El acceso al derecho al trabajo lo propiciará el Estado exclusivamente a través de la promoción del emprendimiento e inclusión en las dinámicas del mercado. Ignora la satisfacción de los derechos laborales colectivos, en contra de lo que manda el Preámbulo de la Constitución de 1991.
- El PMD propone incentivar la formalidad laboral mejorando el costo de la contratación de trabajadores para los empleadores, estrategia que abarca varios pilares. Uno son los elementos técnicos para una metodología de ajuste gradual del salario mínimo y para flexibilizar costos laborales no salariales. En esa perspectiva, el Estado apoyará modalidades precarias de contratación, como el trabajo por horas o virtual, ¿Cómo podrán ejercer su derecho a la Libertad Sindical estos trabajadores? En el articulado del plan no hay respuesta a esta pregunta.
3. El PND no garantiza la libertad sindical
El articulado propuesto en los proyectos de ley 311/2019 (Cámara) y 227/2019 (Senado), por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, no garantiza la Libertad Sindical. Apenas hay una mención de la “libre asociación sindical” en el artículo 213, relativo al Fondo de Fortalecimiento de la Inspección, Vigilancia y Control del Trabajo y La Seguridad Social. Podría brindar algo de tranquilidad esta mención, pero es solo un espejismo en el inmenso desierto de derechos de este Plan Nacional de Desarrollo.
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El Gobierno Duque propone a través del Plan la pauperización en el ejercicio de la Inspección, Vigilancia y Control por parte del Ministerio del Trabajo. Inscribe en procesos de “sensibilización” el control de la vulneración de derechos laborales. El artículo 212 determina que el Ministerio del Trabajo podrá dar por suspendido o terminado, mediante mutuo acuerdo, un procedimiento administrativo sancionatorio por violación de normas laborales, diferentes a las relativas a la formalización laboral, con la condición de que los investigados reconozcan el incumplimiento de las normas laborales o de seguridad social integral, y garanticen la implementación de medidas dirigidas a corregir las causas por las cuales se dio inicio a la actuación administrativa.
¿Cuáles son estas medidas? ¿Qué pasa con las víctimas de la vulneración de derechos laborales? ¿Son únicamente sujetos pasivos en el proceso?
En conclusión, y teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, el PND es un astrolabio equivocado que nos llevará a perdernos en un mar sin derechos laborales. Adolece de un enfoque de derechos, la Libertad Sindical no constituye una prioridad para el gobierno de Iván Duque.
Nos encontramos ante un reto histórico, el balón se encuentra en la cancha del Congreso de la República, al que corresponde aprobar o improbar, o variar, esta nefasta iniciativa. Aún estamos a tiempo de llegar al puerto correcto.
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