Testimonio de Jeffrey S. Vogt
Subdirector del Departamento Internacional de la AFL-CIO
Traducción ENS
Desde que en 2004 comenzaran las negociaciones en torno al Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y Colombia, la AFL-CIO ha reiterado una y otra vez su preocupación, debidamente sustentada, sobre el terrible y constante nivel de violaciones que existe en Colombia. Y desde que se dieron por concluidas dichas negociaciones, nos hemos venido oponiendo de manera consistente a que sea suscrito este tratado de libre comercio, principalmente debido a las violaciones reiteradas ya citadas.
Como ahondaremos detalladamente en este testimonio, creemos que las condiciones de los trabajadores y trabajadoras colombianas no han variado de forma significativa. Por tanto, cualquier paso dado para ratificar el tratado o hacer que éste entre en vigencia antes de que tengan lugar cambios significativos, sostenidos y verificables sobre el terreno, chocará con nuestra oposición más vigorosa y continuada.
Colombia hoy en día se caracteriza por un déficit enorme de trabajo decente. Ello se debe a la exclusión permanente y sistemática de los trabajadores y los sindicatos, debido a unos niveles inimaginables de violencia, así como a la impunidad casi total de la que disfrutan los responsables de estos crímenes; al hecho de que la legislación y las políticas laborales estén diseñadas para socavar el libre ejercicio de los derechos laborales fundamentales; a la ausencia de un diálogo social significativo, y al fracaso de políticas dirigidas a la creación de empleo y la protección social. En consecuencia, hoy en día menos del 5% de los trabajadores colombianos están sindicalizados, y menos de 2% pueden gozar de convenios de negociación colectiva. La mayoría de los trabajadores y trabajadoras colombianas —el 58%— laboran en el sector informal, desempeñando trabajos poco calificados que no les ofrecen esperanza alguna de construir un futuro seguro. La gran mayoría también es pobre: alrededor del 75% de los trabajadores gana menos de dos salarios mínimos, y la mitad gana por debajo de un sólo salario mínimo.
La violencia ejercida contra los sindicatos sigue alcanzando niveles alarmantes. En 2010 fueron asesinadas 52 personas sindicalizadas, y 21 sobrevivieron a atentados contra sus vidas. Esto significa un aumento con respecto a 2009, un año en el que fueron asesinadas 47 sindicalistas. En lo que va de 2011 han asesinado a otros siete. Cada año centenares de sindicalistas reciben amenazas directas de muerte, lo que suele ser bastante efectivo para paralizar la actividad sindical. Los trabajadores saben demasiado bien que si no hacen caso de las amenazas, éstas suelen cumplirse. En los últimos 25 años la Escuela Nacional Sindical (ENS) ha registrado cerca de 2.900 asesinatos. Como lo expresara la Misión de Alto Nivel de la OIT el 18 de febrero 2011: “La única situación aceptable es una en la que todos los actos de violencia hayan cesado… y se precisa actuar con determinación para que esto tenga lugar”.
La Misión de Alto Nivel de la OIT también observó que “la impunidad ha prevalecido en Colombia a lo largo de mucho tiempo, causando un inmenso daño al país y el sufrimiento de la población”, y que “la gran mayoría de los casos de homicidio permanecen sin resolver”. En parte, esto se debe la falta de investigadores y fiscales de dedicación exclusiva, que puedan poner al día el cúmulo atrasado de casos de asesinato. Sin embargo, la metodología profundamente fallida empleada por investigadores y fiscales por igual, prácticamente garantiza que sea poco probable obtener justicia en la mayoría de los casos. Los casos no suelen investigarse dentro de un contexto, sino como casos individuales, aislados. El hecho de que crímenes relacionados entre sí no se investiguen juntos, significa dejar de establecer vínculos importantes que podrían conducir a la identificación de otros responsables, así como de los autores intelectuales y de quienes se benefician de dichos crímenes. Los fiscales a menudo dejan de hacerle el seguimiento a evidencias fehacientes que implicarían a miembros de las fuerzas armadas, políticos o líderes financieros. Y con demasiada frecuencia, cuando cae asesinado un sindicalista, los investigadores proceden a formular la teoría de que el asesinato ha ocurrido por móviles ajenos a la actividad sindical de la víctima. Como resultado, a mediados de 2010 la tasa de impunidad con relación al asesinato se estimaba en 96%, una tasa todavía más alta cuando se trata del asesinato de sindicalistas. La tasa de impunidad real es todavía más elevada, al tener en cuenta los numerosos defectos en las sentencias dictadas, y el hecho de que muchas personas sentenciadas no han sido puestas bajo custodia.
La legislación laboral del país tampoco satisface los estándares internacionales en un número de áreas clave, como ha observado una y otra vez la Organización Internacional del Trabajo (OIT). El cumplimiento de las leyes vigentes sigue siendo pobre. Es más, la Misión de Alto Nivel de la OIT expresó su “profunda preocupación” en torno a la discriminación contra el sindicalismo, “así como la falta de acción para detenerla”. Motivo particular de preocupación lo constituye el que más de un millón de trabajadores hayan sido contratados a través de cooperativas de trabajo asociado. Durante años han sido excluidos en gran parte de las protecciones cobijadas bajo el Código del Trabajo, y trabajan por consiguiente bajo condiciones de explotación extremas. Igualmente, unas 900.00 personas trabajan a través de compañías de servicios temporales, las que rara vez respetan en la práctica los límites legales definidos para este tipo de trabajo, socavando el ejercicio de los derechos laborales básicos.
Sin embargo, hay ciertos motivos de esperanza. La Administración Santos ha dejado atrás la retórica anti-sindicalista de la Administración Uribe, la cual indefectiblemente comparaba a los líderes sindicales con terroristas o traidores. El cambio en el discurso público es bienvenido. Es más, la Administración Santos ha firmado, el 7 de abril de 2011, un Plan de Acción en materia de derechos laborales que contiene varias disposiciones por las que han estado luchando hace mucho tiempo los sindicatos colombianos, y que nosotros hemos apoyado. Con anterioridad al lanzamiento de este Plan de Acción, el Presidente Santos se reunió, el 31 de marzo de 2011, con las confederaciones sindicales, y asumió ciertos compromisos, incluyendo la promesa de ampliar los derechos de negociación a los trabajadores del sector público. De ser implementado, y siempre y cuando se haga cumplir, el Plan de Acción para derechos laborales, junto con compromisos adicionales que ha suscrito el Presidente, así como el seguimiento prometido de varias recomendaciones formuladas por la Misión de Alto Nivel de la OIT, podrían ayudar a Colombia a emprender un nuevo rumbo. Sin embargo, esto no será fácil y exigirá, sin lugar a dudas, mucho esfuerzo y mucho tiempo de todas las partes involucradas, tanto en Colombia como internacionalmente, para ayudar a deshacer el daño profundo que ya ha sido causado, y a construir un nuevo sistema de relaciones cuya base sea el trabajo decente.
De nuevo, el Plan de Acción en materia de derechos laborales contiene varias disposiciones útiles. Sin embargo, suscita en nosotros cuatro preocupaciones fundamentales que abordaremos a continuación.
En primer lugar, a pesar de que deseamos y esperamos que la ampliación del programa de protección propuesta, y el aumento anticipado en la cantidad y la calidad de los pliegos de cargos formulados, si es que tienen lugar, ejercerán un efecto reducidor de la violencia anti-sindical, nos preocupa la ausencia de compromisos específicos contenidos en el Plan de Acción para derechos laborales, con respecto al desmantelamiento de los nuevos grupos armados ilegales responsables de una gran proporción de la violencia contra los sindicatos que subsiste en Colombia.
En segundo lugar, el Plan de Acción en materia de derechos laborales compromete al gobierno de Colombia a emitir nuevas leyes y reglamentaciones, a crear nuevas instituciones, a producir informes y a contratar personal adicional dentro de determinadas fechas. No obstante, no exige que Colombia establezca un registro significativo de cumplimiento de estos compromisos, anterior a la implementación del tratado de libre comercio. Es importante contar con estas nuevas herramientas, pero debemos cerciorarnos de que éstas se pongan en movimiento, y de que sean efectivas para disminuir el número de asesinatos y amenazas, rebajando además la tasa de impunidad y creando un sistema de relaciones laborales en el cual los trabajadores puedan ejercer libremente sus derechos laborales fundamentales, sin ningún temor. Dada la pavorosa historia de Colombia, es esencial que haya resultados significativos y sostenidos en el terreno antes de la certificación y entrada en vigencia del TLC. Nuestra experiencia en otros países con los cuales Estados Unidos han negociado tratados de libre comercio, sobre todo en América Central, subraya todavía más esta preocupación nuestra.
También nos ha preocupado descubrir que Colombia no ha cumplido a cabalidad con los diecinueve compromisos del “22 de abril”, contemplados bajo el Plan de Acción para los derechos laborales. Hasta el 1º de Mayo, Colombia todavía no había logrado cumplir totalmente varios compromisos, en su mayoría relacionados con la emisión de informes o la diseminación de información entre las partes interesadas. Por ejemplo, la Fiscalía, como se había acordado, no se ha reunido con la ENS para comenzar el proceso de conciliar la lista de casos de asesinatos que tiene el gobierno, con la lista según la base de datos de la ENS. Este es un paso necesario para ampliar el universo de casos de asesinato bajo investigación, y por tanto para hacer descender la tasa de impunidad con relación a estos crímenes. Una vez el gobierno de EE UU llamó la atención sobre este incumplimiento, la Fiscalía envió una carta de invitación a la ENS, recibida en la tarde del 4 de mayo. Además, entendemos que aunque se han establecido una línea caliente y una página web para recibir quejas, ni a los sindicatos ni a los trabajadores se les han brindado información sobre cómo acceder a estas herramientas, lo cual hace que tengan muy poco valor hasta la fecha.
En tercer lugar, el Plan de Acción no hace parte del Tratado de Libre Comercio, y no está sujeto a mecanismos de resolución de disputas, en caso de que el gobierno de Colombia deje de cumplir cabalmente con el Plan (sobre todo en lo que se refiere a los compromisos que se extenderán por años en el futuro). Es verdad que no acatar a cabalidad la mayoría de los compromisos adquiridos puede ser también de por sí una violación del capítulo laboral del Tratado de Libre Comercio; sin embargo, sigue quedando poco claro si cada compromiso contraído está sujeto plenamente a ser consultado y, de ser necesario, a ser sujeto de arbitraje bajo el tratado. Tampoco es claro si los mecanismos de resolución de disputas del Tratado de Libre Comercio, que todavía no han sido textados, serán efectivos a la hora de reivindicar los derechos de los trabajadores en forma oportuna. Inclusive dados los esfuerzos sustanciales (y apreciados) emprendidos por la Administración Obama con respecto a la queja formulada contra Guatemala relativa a los derechos laborales bajo el Tratado de Libre Comercio de América Central (Central America Free Trade Agreement CAFTA), después de más de tres años dicha queja todavía no ha avanzado más allá de las consultas con las cooperativas, que es el primer paso. Los trabajadores de Guatemala han reportado poco cambio, si es que ha tenido lugar alguno, con relación al acatamiento de sus derechos básicos laborales.
Finalmente, el Plan de Acción en materia de derechos laborales se queda corto en una serie de áreas sustanciales importantes. El hecho de no incluir compromisos sobre la negociación colectiva para el sector público, la negociación colectiva por encima del nivel empresarial o la negociación colectiva en torno a las pensiones, ignora las preocupaciones primordiales tanto de las centrales obreras como de la OIT (aunque parecería que el gobierno colombiano está dispuesto a abordar por separado la negociación colectiva para empleados oficiales). Más aún, el Plan de Acción en materia de derechos laborales contiene dos disposiciones: una sobre los pactos colectivos y otra sobre los servicios públicos esenciales, que aparentan, de entrada, ser inconsistentes con las observaciones claras e inequívocas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Por consiguiente, Colombia no cumplirá del todo con los compromisos que ha suscrito bajo el Capítulo 17 del Tratado de Libre Comercio, inclusive si adopta las medidas convenidas por el país en el Plan de Acción para los derechos laborales.
Será necesario abordar cada una de las carencias expuestas con respecto al Plan de Acción – con relación a la violencia, la implementación, el acatamiento legal y la cobertura.
Por supuesto seguimos profundamente preocupados por el patrón del tratado de libre comercio empleado para el tratado con Colombia. Creemos que el modelo de comercio vigente proporciona derechos y privilegios aumentados a las empresas a costa de los trabajadores, los consumidores y el medio ambiente. Por consiguiente, aunque el Tratado de Libre Comercio puede tener el efecto de aumentar ligeramente el flujo de comercio bilateral entre nuestros dos países, creemos que esto probablemente sólo beneficiaría a las pequeñas minorías en ambos países. Más aún, como estrategia de creación de empleo, el Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y Colombia no hará nada por mejorar el panorama de empleos en Estados Unidos, tal como ya lo ha puesto en evidencia el informe sobre el tratado de libre comercio emitido por la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (U.S. International Trade Commission).
Es deseable y es posible idear un tratado mejor con Colombia. Este tratado incluiría mecanismos fuertes y efectivos para la protección del trabajo y el medio ambiente, reglas justas de inversión, los servicios y comercio agrícolas y políticas compensatorias robustas para quienes se vean abocados a cargar con la peor parte de las pérdidas. Más aún, políticas domésticas orientadas al desarrollo de infraestructuras, la educación y la capacitación de por vida de la fuerza de trabajo, fuertes medidas de protección social y negociaciones colectivas son absolutamente indispensables para que ambos países puedan crecer con equidad.
Por los motivos que hemos expuesto en este testimonio, la AFL-CIO se opone al Tratado de Libre comercio entre Estados Unidos y Colombia. Cualquier movida tendiente a ratificar el tratado o hacer que éste entre en vigencia antes de producirse cambios significativos y sostenidos en el terreno será prematura y seguirá suscitando nuestra permanente y vigorosa oposición.