Boletín observando la implementación # 12

Estado de los proyectos relacionados con la implementación del Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, en el Congreso de la República, semana del 23 al 27 de octubre:

El balance de la semana en materia de implementación normativa del Acuerdo de Paz no es positivo. Además del boicot que hacen en la Cámara de Representantes Rodrigo Lara y el Centro Democrático, en el Senado empiezan a desgranarse las mayorías que caracterizaron la actuación y compromiso con la paz. Los parlamentarios comprometidos en el Acuerdo deberán asistir a todos los debates, estar presentes en todas votaciones, y encontrar mecanismos para que los proyectos presentados y los nuevos puedan tener el trámite adecuado a las expectativas del país.

Lo más importante de cada proyecto

La Reforma Política: entre la dilación y la falta de compromiso de los parlamentario

Durante esta semana el debate de la Reforma Política en la plenaria de la Cámara se caracterizó por maniobras dilatorias, discusiones presidencialistas y enfrentamientos entre las bancadas, propiciados, entre otras razones, por la pésima dirección que ha dado la mesa directiva de la corporación, en cabeza de Rodrigo Lara.

Antes de la sesión del martes se mantenía una relativa calma frente al debate, pues la semana anterior se nombró una subcomisión accidental encargada de estudiar las proposiciones y presentar un informe que agrupara aquellas proposiciones similares y así facilitar el debate, en término de contenidos y de tiempos. La primera sorpresa fue que, en la mañana del martes 24 de octubre, Rodrigo Lara, en su facultad de presidente de la Cámara modificó dicha subcomisión, lo que hizo que no hubiera consenso sobre el informe radicado ese mismo día en la secretaría general de la Cámara. Por esta razón, la votación se hizo proposición por proposición desgastando el debate y agitando los ánimos cada vez que se buscaba aprobar o denegar alguna de estas iniciativas de los Representantes.

El debate del martes comenzó cerca del mediodía y se discutieron alrededor de cinco artículos. Sin embargo, llegadas las once de la noche y por normativa de la ley 5° de 1992, la sesión de la plenaria de la Cámara debía suspenderse antes de las 00:00 a.m. del miércoles, pues existe la prohibición de que se continúe la discusión en las corporaciones legislativas de manera continua. Con motivo de esta norma procedimental la mesa directiva levantó la sesión cerca de las 11:45 p.m. del martes y citó nuevamente a la plenaria a las 00:05 a.m. Está iniciativa hubiese sido tomada como una acción que buscaba sacar adelante el proyecto y evacuarlo de la Cámara, si no fuese porque minutos antes de que se levantara la sesión, Rodrigo Lara consultase a los parlamentarios y acordara citar a la plenaria para las 11:00 am del miércoles, por lo cual varios representantes ya se habían ido del recinto y por tanto el quorum se había disuelto. Esto obligó al Ministro del Interior, a su equipo de asesores y a los Representantes presentes a llamar a sus colegas para que volvieran, después de que estos hubiesen trabajado cerca de doce horas, pues si no se consolidaba el quorum nuevamente para la sesión de las 00:05am no se podría discutir la Reforma Política sino hasta la próxima semana, dado que el representantes Rodrigo Lara, no cita a la corporación para que trabaje los días jueves ni viernes.

Luego de la 1:10 a.m. se logró decretar un receso hasta las 11:30 a.m. del miércoles. Después de reanudada la sesión el debate llegó hasta las 9:00 p.m., hora en la que se disolvió el quorum. Sin embargo, fue poco el avance, pues no lograron consolidar una mayoría absoluta entre los partidos que les permitiese sacar adelante el artículo que trataba sobre listas cerradas y coaliciones.

¿Cómo va la reforma?
Aquí les mostramos que se ha aprobado, que se hundió y en qué va la discusión:

  • Se aprobó sin cambios el artículo 8° que habla sobre la acción de amparo especial electoral en las elecciones populares y el reconocimiento de las acciones de nulidad con relación a la inscripción de candidatos por los cuerpos electorales.
  • Fue aprobado con modificaciones el artículo 1°, sobre uso de medios digitales para los mecanismos de participación ciudadana, para lo cual se estableció un periodo de un año en que el Congreso deberá reglamentar la materia.
  • Al artículo 9° que vuelve obligatorio el ejercicio del derecho al voto para ser empleado público, se adicionó que quien quiera contratar con el Estado también debe ejercer este derecho.
  • En el artículo 11° que establecía la composición del Consejo Nacional Electoral y sus seccionales regionales, se modificaron los períodos de personales a institucionales y se eliminaron las seccionales de este órgano.
  • En relación con las funciones del CNE (artículo 12°) se eliminó de su articulado que, en la ausencia de ley, el CNE reglamentara sus funciones.
  • Finalmente, el artículo 13° que trata de que quien sea contratado por la registraduría deberá cumplir con un concurso de carrera administrativa y obliga a la registraduría a disponer de las medidas necesarias para crear y trasladas nuevos puestos de votación a las zonas más afectadas del conflicto, sólo tuvo una modificación en su parágrafo, que consiste en la adición de la palabra transitorio al mismo.
  • Se hundieron los artículos 5, 6 y 7 que trataban del Tribunal de Aforados, pero al contrario de lo que se cree, no fue por una decisión de las mayorías absolutas, sino porque los parlamentarios no llegaron a tomar una decisión sobre este asunto y el reglamento obliga que cuando no se llega a una decisión por parte de la plenaria sobre un artículo o proposición este se niegue y por tanto se elimine. Hubo 67 votos a favor y 27 en contera y se necesitaba al menos 83 votos por cualquiera de las opciones para cumplir lo requerido en la ley.

La participación de la mujer en la conformación de listas
El miércoles 25 de octubre, por sexta vez, el Congreso negó la posibilidad concreta de la participación paritaria de las mujeres,  en el marco del intento por reglamentar la paridad establecida en la reforma constitucional de 2015, y a propósito de la implementación del Acuerdo de Paz. El retroceso que supone en materia de igualdad dicha decisión ya ha sido documentado, si el Senado no corrige este error en el próximo debate sobre reforma política, de igual forma, si la plenaria de la Cámara sobre CEP no lo hace en materia de conformación de listas, según varios estudios especializados pasarán otras dos elecciones para alcanzar tan solo el 30% establecido en la ley 1375 de 2011. Esto significaría un estancamiento de Colombia frente a lo alcanzado en Liberia, Burundi/Congo, Ruanda, Sudáfrica, Salvador, Angola, Mozambique, Nepal, Macedonia, Irlanda, Perú, Uganda, Kenia, Nigeria, países en donde la transición hacia la paz supuso una oportunidad de apertura de espacios democráticos hacia estrategias que se han mostrado eficaces para impulsar y ampliar la participación de las mujeres.

La representante Clara Rojas, anunció que dejará de apoyar al gobierno porque “(…)la mujer no es un tema importante para el gobierno. Este es un Acuerdo que el gobierno está incumpliendo”, no fue una pérdida para la Comisión Legal de la Mujer que defendió la proposición sobre el mandado de posición de género, lo fue para la democracia y la paz en Colombia.

La participación de las mujeres en la política hace parte de la apertura democrática.

El 25 de octubre, con una votación de 64  a favor y 30 en contra se hundió el artículo 10° de la reforma política en la plenaria de Cámara de Representantes, la cual requería de mayoría absoluta para poder seguir dentro del articulado. Esta proposición “es resultado de un esfuerzo de trabajo de más de tres años de la Comisión Legal de Mujeres del Congreso, de congresistas que están a favor de incluir más mujeres en cargos de representación política, organizaciones feministas y de mujeres” según lo manifestó la Representante a la Cámara Clara Rojas.

La responsabilidad de dicha decisión fue así:  14 de la U, 12 del partido Conservador, 7 del partido Liberal, 3 de Cambio Radical.

El artículo en cuestión es parte de las medidas afirmativas que buscan la transversalización del enfoque de género establecido en el Acuerdo Final, por lo cual sigue siendo un reto en la apertura de la democracia. Para las organizaciones de mujeres, debe haber un mayor compromiso en incluir medidas que incentiven la participación real y efectiva de las mujeres en escenarios como el Congreso y particularmente en la conformación de las listas de los partidos. La votación del artículo 10° no deja un buen mensaje para las mujeres que esperan escenarios con mayores garantías y la posibilidad de que se transformen las estructuras tradicionales  de los partidos que imposibilitan su participación.

¿Qué falta por votar?
Con relación a lo que queda por votar está el artículo 10° que ha sido modificado en tres partes. La primera consiste en que las listas cerradas solo aplicarán a partir de 2022, la segunda responde a que se podrán celebrar coaliciones por los partidos políticos a cualquier tipo de corporación pública y cargo uninominal y la tercera, a la eliminación de las coaliciones consagradas en el último inciso del artículo 262 de la Constitución Política. Sin embargo, los congresistas no han votado la totalidad del artículo y por tanto no han podido avanzar en el debate.

A esto se suma, el régimen de inhabilidades y los requisitos para la conformación de partidos políticos mediante afiliados, el periodo de gracia de ocho años que se le da a todos aquellos partidos políticos que tiene representación en el Congreso, la financiación de campañas y partidos políticos consagrados en los artículos 2, 3 y 4 correspondientemente.

¿De la propuesta de MEE qué queda en la Reforma Política?
En un comunicado público la Misión Especial Electoral (MEE) hizo público un comunicado en el advierte que la arquitectura nacional electoral que se va configurando en los debates en el Congreso no resuelve el problema administrativo que sigue existiendo en el CNE con los jueces frente a la decisión de asuntos electorales. También que esta reforma no establece medidas para romper la relación entre ilegalidad, corrupción y política. Además, que en materia de ampliación territorial, democrática, inclusión de las mujeres en la política y democratización interna de los partidos, las medidas que se encuentran en la Reforma no brindan las garantías necesarias para poder emprender acciones que fomenten estos aspectos.

Sin embargo, la MEE rescata que del texto que va de la reforma política el registro de afiliados es la única propuesta que se mantiene de los aportes entregados por la Misión al gobierno. Adicionalmente, dados los tiempos en los que podría ser aprobada la reforma, estos serían posteriores al 11 de noviembre fecha en que comienza el calendario electoral. Por tanto, las reglamentaciones de esta modificación constitucional no entrarían a regir para las elecciones de 2018, sino para 2019, pues violaría los derechos políticos de quienes ya hayan realizado su inscripción como candidatos al Congreso.

No se logra mantener el quórum en Plenaria del Senado

En ninguno de los dos días que sesionó la Plenaria del Senado se logró sostener el quórum decisorio. El martes 24 estaba agendada la votación del texto conciliado sobre Monopolio del uso de las armas y discusión del proyecto de Innovación agropecuaria. Luego de que se hundió la propuesta del uribismo de aplazar el debate, se sometió a votación dicho texto, pero no hubo el número de votos suficiente para aprobarlo por lo que se pospuso; antes de pasar al debate de innovación, el Senador Jorge Eduardo Géchem del partido de la U presentó su impedimento para que fuera sometido a votación debido a que su hijo tiene un vínculo laboral con una entidad estatal de la materia en discusión en el proyecto de innovación, pero antes de cumplido el tiempo reglamentario, el presidente del Senado suspendió el trámite por falta de quorum y levantó la sesión.

El 25 de octubre ocurrió algo parecido. Aunque se esperaba que se continuara con la etapa de votación del proyecto sobre Monopolio del uso de las armas, éste no apareció en el orden del día, sólo se mencionaron Innovación agropecuaria y la estatutaria de la JEP. Esta segunda sesión empezó con la apertura de votación del impedimento del senador Géchem, que no se logró porque durante el desarrollo de esta etapa, los senadores fueron saliendo del recinto, deshaciendo de esa forma el quórum. Luego se inició el debate de JEP con la intervención de su ponente Horacio Serpa, asistieron los ministros de Justicia, Hacienda e Interior entre otros, sin embargo, el debate fue aplazado porque al momento de verificar el quórum decisorio para votar la ponencia, no había el número de senadores suficiente para conformarlo.

Gobierno radicó dos nuevos proyectos de ley:  

Sujeción de grupos armados y organizaciones delincuenciales a la justicia.

El pasado miércoles 25 de octubre el Ministro de Justicia radicó en el Congreso, para que sea tramitado mediante procedimiento especial, el proyecto de ley por medio del cual se fortalece la investigación y judialización de organizaciones criminales y se adoptan medidas para su sujeción a la justicia. Su contenido tiene dos partes, una primera en la que se definen cuáles son los grupos a los cuales específicamente se dirige el proyecto normativo (GAO y GDO) y donde además se proyectan las adiciones y modificaciones al código penal y de procedimiento penal, relativas a las necesidades que plantea las nuevas condiciones. La segunda sección comprende los temas relacionados con el procedimiento especial de sujeción (no sometimiento) a la justicia por parte de estos grupos, el cual a su vez comprende dos momentos:

Acercamiento colectivo: Le corresponde al Gobierno (a través de unos delegados) en zonas de reuniones donde las ordenes de capturas que recaigan sobre los miembros de los grupos, quedarán suspendidas. De esta etapa se espera la entrega y aceptación de la información delincuencial que permita pasar a la segunda etapa.

Judialización: Le corresponde a la Fiscalía y a los jueces. En esta etapa el ente acusador verificará la información que haya sido entregada en la etapa anterior y con base en ella se realizarán escritos de acusación colectivas (que no serán de conocimiento público) y posterior a esto, en un término de 10 días, se realizará audiencia de verificación de sujeción y, una vez se allanen los procesados, se procederá a emitir el sentido del fallo.

De acuerdo con la motivación presentada por el Gobierno, la conexidad que existe entre este proyecto y el Acuerdo Final se encuentra en el Punto 2, donde se establece que las garantías de seguridad son condición necesaria para la construcción de la paz y en el punto 3.4 sobre la lucha contra las organizaciones y conductas criminales responsables de homicidios y masacres.

El proyecto de ley disponible en:
https://goo.gl/Uj1TSo

Tratamiento penal diferenciado. 

El segundo proyecto radicado durante esta semana reglamentará el inciso segundo del artículo 5° del acto legislativo de la JEP en cumplimiento de lo acordado en el punto 4 del Acuerdo final “solución al problema de los cultivos ilícitos”. Lo motiva el Gobierno señalando que tiene como finalidad crear alternativas para disminuir la judialización, limitar el uso del encarcelamiento y disminuir el tiempo efectivo de la privación de la libertad, con lo cual se lograría perfeccionar las políticas que aporten al desarrollo económico de las comunidades afectadas por el fenómeno de los cultivos ilícitos.

Serán sujetos de esta norma cultivadores en pequeña escala, tanto aquellos que tienen una relación jurídica con el predio (dueños, poseedores o tenedores) así como a los denominados “amedieros” es decir, quienes con el ánimo de obtener ganancia mutua le ayuden a financiar y cultivar en pequeña escala plantas con las cuales se pueden producir drogas ilícitas.
El articulado plantea parámetros para identificar a dichos sujetos, tales como:

  • El área afectada por el cultivo y el tipo de plantación o semilla
  • La relación económica existente entre el producto y la subsistencia propia o del núcleo familiar

Se le incluyen modificaciones al código penal en los artículos relacionados con el capítulo de tráfico de estupefacientes, para poder adaptar las condiciones de los nuevos sujetos especiales de la ley penal.

Para que estas personas puedan acogerse a este tratamiento especial, deben presentar una declaración voluntaria para ingresar al programa nacional integral de sustitución y ser inscrito en él, no puede ser miembro de una organización criminal en cualquiera de las denominaciones existentes y debe cumplir con los compromisos que se establezcan como sujeto de esta norma, de no cumplir con ello o reincidir, su caso lo asumirá la Fiscalía y se llevará de acuerdo con las reglas ordinarias.

El proyecto de ley se puede consultar en:
https://goo.gl/bJ5AAm

Otros eventos

JEP sigue pendiente

En lo que va del mes de octubre, la Corte Constitucional profirió fallo en los siguientes decretos:

Fecha Expediente Norma- Tema Magistrado ponente Revisión de Constitucionalidad
03 de octubre de 2017 RDL00000017 Decreto Ley 882 de 2017: Organización y prestación del servicio educativo en zonas afectadas por el conflicto Carlos Libardo Bernal Pulido Exequible
c-607/2017
03 de octubre de 2017 RDL00000020 Decreto Ley 885 de 2017: Creación del Consejo Nacional de Paz, Reconciliación y Convivencia. Carlos Libardo Bernal Pulido Exequible 
C-608/17
11 de octubre de 2017 RPZ0000005 Acto Legislativo 02 de 2017: Seguridad jurídica del Acuerdo Final. Luis Guillermo Guerrero Pérez Exequible 
C-630/17

Frente a estas decisiones resulta importante destacar que respecto al Decreto Ley 882 de 2017, la Corte declara su exequibilidad después de analizar si la norma en mención cumplía con los requisitos formales y de competencia dispuestos en la jurisprudencia constitucional para este tipo de actos normativos y aunado a ello, verificar si la regulación establecida en el decreto ley vulneró o no la Constitución, en ese sentido la Corte Constitucional declara la exequibilidad de la norma. De igual forma, se declara la exequibilidad del decreto ley 885 del 2017, el cual regula la creación del Consejo Nacional de Paz. Al respecto la Corte en su estudio de constitucionalidad abordó el decreto en las siguientes temáticas: (i) la política de paz, reconciliación, convivencia, no estigmatización y principios; (ii) la creación, nombre, conformación y el período de los integrantes del CNPRC; (iii) el funcionamiento y las funciones del Consejo; (iv) el Comité Nacional y Secretaría Técnica y por último (v) Los Consejos Regionales.

Finalmente, la Corte declaró la exequibilidad del Acto Legislativo 02 de 2017 mediante el cual se adiciona un artículo transitorio a la Constitución con el fin de dar estabilidad y seguridad jurídica al Acuerdo Final. Sin embargo, pese a que ya hay sentencia proferida, esta no se ha hecho pública.

Para las sesiones de la Sala Plena durante la primera semana de noviembre, se tiene prevista la discusión de las siguientes normas de implementación del Acuerdo Final:

Fecha Expediente Norma- Tema Magistrado ponente
01/11/2017 RPZ0000004 Proyecto de Ley Estatutaria número 003 de 2017 Senado-006 de Cámara. Estatuto de la Oposición Política y algunos derechos a las organizaciones políticas independientes Alejandro Linares Cantillo
01/11/2017 RPZ0000003 Acto Legislativo 01 de 2017. Justicia Especial para la Paz (JEP). Por medio de la cual se crea un título de disposiciones transitorias de la Constitución para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. Luis Guillermo Guerrero Pérez

El Centro Democrático dilata el debate

En las plenarias de esta semana se han votado cerca de 30 veces proposiciones que debían quedar como constancia y esto ha logrado torpedear y dilatar el debate. La maniobra dilatoria la realizaron Hernán Prada y Edwar Rodríguez del Centro Democrático, quienes se dedicaron a suscribir todas la proposiciones que los demás parlamentarios de otros partidos hicieron. Normalmente en los trámites legislativos se realizan estas proposiciones  buscando dejar constancia y  presionar al Gobierno para incluir nuevos elementos en la Reforma Política, pero por lo general las retiran, sin embargo al suscribirlas por parte del Centro Democrático se obligaba a votar en plenaria, demorando más el debate en medio del Fast Track

 

Agenda legislativa semana del 30 de octubre el 3 de noviembre de 2017

Fecha Proyecto Cámara
31 de octubre de 2017
2:30 pm
Reforma política y electoral Plenaria de la Cámara
31 de octubre de 2017
10:00 am
Conciliación monopolio legítimo de la fuerza y el uso de las armas por parte del Estado Plenaria del Senado
31 de octubre de 2017
10:00 am
Administración de Justicia Especial para la Paz (JEP) Plenaria del Senado
31 de octubre de 2017
10:00 am
Sistema nacional de innovación agropecuaria Plenaria del Senado
La Plenaria del Senado fue citada para el martes a las 10:00 am con tres temas en el orden del día
Los 5 proyectos pendientes por presentar al Congreso en  30 días que quedan del Fast Track son:
Punto del Acuerdo Final Tipo de proyecto Temas
Punto 1 Ley Estatutaria y Ley Ordinaria Jurisdicción Agraria
Punto 2 Ley estatutaria Garantías para la participación de las organizaciones y movimientos sociales – Garantías para el ejercicio de la protesta social
Punto 4 Ley Ordinaria Política criminal para el conjunto de la cadena de narcotráfico – tratamiento penal diferenciado para los cultivadores de cultivos de uso ilícito
Punto 5 Ley ordinaria Reforma a la Ley 1448 de 2011 (ley de víctimas)
Punto 6 Ley plan Incorporación de Ajustes al Plan Nacional de Desarrollo

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