Consultorio laboral: mitos y verdades sobre el sistema de pensiones

Captura video de Facebook.

El abogado Iván Daniel Jaramillo es investigador del Observatorio Laboral de la Universidad El Rosario, de la que también es profesor de derecho laboral.

En un video de media hora, y en  lenguaje sencillo y didáctico, este experto da respuesta a algunos interrogantes que gente del común le hizo en el tema de las pensiones y el sistema que las rige en Colombia. Un video que aclara dudas y devela mitos en un tema que hoy adquiere especial relevancia por cuanto el Gobierno Duque prepara una reforma del sistema pensional que, según lo anunció, en un año presentará a debate en el Congreso.

Para quienes quieran leerlo en texto, la Agencia de Información Laboral extractó las respuestas más relevantes que el profesor Jaramillo da en el video:

¿Cómo opera el sistema de pensiones en Colombia?

El sistema está dividido en dos regímenes, y la persona es libre de escoger a cuál se afilia. Uno es público y lo administra Colpensiones, al que se accede cuando se cumplen requisitos de edad: 57 años mujeres y 62 hombres, y de semanas cotizadas: 1.300 en cualquier tiempo. El monto de la pensión obedece a unas tablas de reemplazo que establece la ley. El otro régimen es privado y lo administran los fondos de pensiones. Por este régimen la persona se pensiona cuando tenga un capital que financie la pensión vitalicia, es decir, hasta cuando muera y pase a la sobreviviente. La gran diferencia entonces está en que en este régimen se acumula capital para acceder a pensión vitalicia, en cambio en Colpensiones hay que tener una edad y un tiempo cotizando. En ambos casos el monto mínimo de la pensión tiene como referencia el salario mínimo legal. La persona puede trasladarse de régimen o de fondo de pensiones cada 5 años. Es muy importante estar bien informado para tomar esa decisión.

¿Qué tan difícil es pensionarse en Colombia? ¿Los jóvenes pueden pensar en tener una pensión?

Que sea difícil o no está atado a la formalidad laboral. Cotizar 1.300 semanas son 26 años de trabajo permanente. Si alguien trabaja y no cotiza, el tiempo no cuenta. Se necesita que trabaje y cotice. Las personas jóvenes tienen que ser conscientes de que deben ser responsables y cotizar disciplinadamente durante 26 años. Muchos jóvenes no se preocupan por su pensión, y se contentan porque al no cotizar el salario les rinde más, tienen más flujo de caja. Pero en el momento de invalidez, vejez o muerte no tiene una respuesta institucional y se quedan sin ingresos. Cada semana que no coticemos suma al déficit que tendremos cuando llegamos a la edad de jubilación. Porque lo otro que hay que desmontar es el mito de que el sistema cubre solo la vejez. Cubre los tres escenarios: invalidez, vejez y muerte. Cuando ocurre uno de estos tres eventos hay una respuesta del sistema, pero para tener ese derecho hay que cotizarle con fidelidad. Ojo: un derecho, no un regalo.

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Con la alta informalidad que existe, ¿qué decirle a los colombianos que no cotizan al sistema?

En Colombia hay 22 millones de personas que trabajan de cualquier forma. Pero solo 8 millones cotizan al sistema pensional. Es decir, tenemos 14 millones que no tienen cubrimiento para invalidez, vejez y muerte. A esas personas hay que decirles que es importante empezar a cotizar y construir una expectativa pensional, no verlo como algo lejano y no importante.

¿Qué beneficios tiene la competencia entre el fondo público Colpensiones y los fondos privados?

Desde 1994, cuando empezó a regir la ley de pensiones, se adoptó el modelo de competencia del régimen público con el privado. Hoy Colpensiones tienen 2 y medio millones y los privados unos 5 millones. Esa competencia impide que Colpensiones reciba los suficientes ingresos para pagar las pensiones que promete el sistema. La competencia no ha sido beneficiosa para el sistema ni para el país, eso está claro. Es necesario repensarlo, modificarlo. Hay varias opciones de reestructuración sobre la mesa, y entre ellas hay que buscar la que más le convenga a los colombianos. Pensar, por ejemplo, en un sistema de pilares, o un sistema totalmente público, en el que los fondos privados sean complementarios, como sucede en Europa. Pero algo hay que hacer porque el sistema de competencia no es viable social y económicamente, ni en términos de equidad. Hace más de ocho años estamos aplazando la reestructuración.

Muchos afiliados a los fondos de pensiones privados quieren regresar o pasarse a Colpensiones. ¿Por qué está pasando ese fenómeno?

Lo primero que hay que decir es que la gente suele no estar bien informada cuando se traslada de un régimen a otro, muchas lo hacen de manera indebida o equivocada, sin asesoría, y sufren esa mala decisión. ¿Por qué regresan a Colpensiones? Porque cuando hacen la cuenta para ver cuál es el escenario más conveniente, encuentran que el fondo privado no satisface sus expectativas y entonces solicitan el traslado. Desde el año 2016 se estableció la doble asesoría, tanto de parte del fondo de origen como del fondo de traslado, para que la persona tenga una adecuada información sobre lo que implican ambos escenarios.

¿Hasta cuándo hay plazo para trasladarse de un régimen de pensiones a otro?

La ley dice que faltando diez años para cumplir la edad de pensión, o sea 47 años las mujeres y 52 los hombres, Por eso es muy importante tomar la decisión de traslado a tiempo, antes de que se cumpla ese plazo, porque entonces no podrá trasladarse.

¿Colpensiones y los fondos privados deben informarle al afiliado antes de que se cumpla el tiempo límite para el traslado?

Sí, es obligatorio hacerlo. Como se dijo atrás, en el año 2016 se estableció la doble asesoría al afiliado. Como antes no existía esa obligación, la gente se trasladaba porque alguien se lo aconsejó, o por una publicidad que escuchó. Por eso las personas que se pasan del plazo: 47 años para las mujeres y 52 los hombres, han tenido que iniciar procesos judiciales para buscar la “nulidad del traslado”, alegando que no estaban bien informadas cuando lo hicieron, o hubo vicio de procedimiento, o no estaban libre de constreñimiento cuando aceptaron el traslado. Pero eso hay que probarlo ante el juez. Hoy en los juzgados laborales hay una buena cantidad de reclamaciones de “nulidad de traslado”.

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De frente a una reforma pensional, se habla de alternativas como el aumento de la edad de jubilación e incrementar el aporte a la pensión. ¿Le parecen bien esos dos caminos de solución al problema? ¿Hay otros?

Hay que aclarar que el aumento de la edad de jubilación ya se hizo en el 2014. Para las mujeres la edad pasó de 55 a 57 años, y para los hombres de 60 a 62 años. Habrá que hacer una evaluación para ver si esa medida ha tenido efecto positivo o no, lo cual me parece necesario para tomar la decisión de un nuevo aumento. Que yo sepa, no se ha hecho. Lo de aumentar la edad es una reforma paramétrica, no estructural. Hay que hacer una reforma estructural, rediseñar el sistema. Pensar en el sistema de pilares, o devolvernos al sistema totalmente público. En chile, que fue pionero en el modelo de los fondos de pensiones privados, hay una bomba social en este momento, que está poniendo al gobierno contra las cuerdas para revisar ese modelo.

¿Es viable igualar la edad de pensión de las mujeres y los hombres? ¿Eso es bueno para el país?

Igualar la edad no lo considero conveniente. Hay que evaluarlo dese el punto de vista del impacto en las brechas ocupacionales y salariales. Hay un rezago histórico que discrimina las mujeres frente a los hombres en materia de derechos laborales y su vinculación a la economía del cuidado, y en general todo lo que las mujeres contribuyen y no les es reconocido como trabajo. Diferenciar las edades de pensión es una medida que contribuye a que se vayan rompiendo esas brechas ocupacionales y salariales. Pero el gran problema es que el tema se enfoca desde el punto de vista financiero y fiscal, muy pocas veces desde el reconocimiento de derechos y del involucramiento del Estado de derecho y bienestar que promete la Constitución.

Hay personas que tienen un empleo fijo, pero también trabajan por prestación de servicios, por el que también están obligadas a cotizar a pensión. Es decir, cotizan dos veces. ¿Afecta eso la cotización para pensión, o no?

Claro que sí, y favorablemente, porque cotizan doble. Es antipático que a uno le descuenten dos veces para el pago de pensión, pero eso va a contribuir a que se incremente el promedio de cotización y la base sobre la cual le va a liquidar la pensión. Lo que sí no se afecta es el número de semanas cotizadas, no suman las semanas que trabaje por prestación de servicios.

Dice usted que desde hace años se viene aplazando la reforma pensional, que los diferentes gobiernos la han anunciado pero hasta ahora nada han concretado. ¿Usted cree que ahora sí va a haber reforma pensional?

Es un tema muy costoso políticamente, requiere una gran legitimidad del Congreso que apruebe la reforma. Creo que es importante que desde los sectores sociales, desde la academia y las personas interesadas en estas temáticas, insistamos en la necesidad de reestructurar integralmente el sistema para que tenga un verdadero cubrimiento y salgamos del escenario actual, en el que solo el 10% de las personas en edad de pensión tiene derecho a ella. Para que las personas que han trabajado toda su vida tengan en su vejez los  estándares de bienestar que requiere un ciudadano en un país moderno del siglo XXI, y en una nación que, como Colombia, se autodefine como un estado social de derecho, heredero del estado de bienestar.

¿Cuáles son en su parecer esas reformas estructurales que requiere el sistema?

Yo creo que hay que pensar en un sistema de pilares, que permita que se mantenga Colpensiones y  reciba a todos los afiliados hasta un determinado estándar de aportes. Por encima de ese estándar la gente deba ir a un fondo privado. Otra opción es que todo el sistema sea administrado por Colpensiones, y si alguien tiene ingresos por encima de lo que se cubre, que es $20 millones, pues vaya a un fondo privado, que tiene la posibilidad de administrar los riesgos en forma complementaria.

Las personas que ya cumplieron edad de pensión, pero por algún motivo no pudieron cotizar todo el tiempo, o no completaron las semanas requeridas, ¿qué opciones tienen?

Eso les ocurre a muchas personas, que cotizan pero no logran las semanas requeridas, y no encuentran fácilmente trabajo por su avanzada edad. En el régimen público de Colpensiones esas personas tienen derecho a una indemnización, o sea a la devolución de parte del dinero que cotizaron. En los fondos privados le devuelven la totalidad del dinero que ahorró. Pero hay otras alternativas adicionales, más de carácter asistencial. Son los famosos Beneficios Económicos Periódicos BEPS, significa que la gente cotiza lo que puede y cuando puede y el Estado le aporta el 20%, para lograr una respuesta no pensional pero si alternativa. Y si definitivamente la persona no tiene ingresos, es pobre absoluta y no puede cotizar, hay un programa que se llama “Colombia Mayor”, que es una ayuda que el Estado da cada dos meses a las personas en esa situación.

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Cómo se beneficia o perjudica la persona que deja de trabajar o de cotizar los últimos años porque ya tiene las semanas requeridas y ha ahorrado un capital suficiente para una buena jubilación.

Hay personas que dejan de trabajar y cotizar faltándoles años para la edad de jubilación, porque ya tiene las 1.300 semanas y una base de cotización alta. Toman la decisión de dejarlo todo quieto para no afectar el promedio, y más bien esperan cumplir la edad para pedir la pensión. Esa decisión es correcta desde una perspectiva de vejez, pero no para la invalidez o muerte, que son riesgos que se cubren con cotización cercanas al riesgo. Esto es: si quedo invalido me evalúan los tres años anteriores, y si he cotizado más de un año de esos tres me reconocen la pensión de invalidez. Entonces si no sigo cotizando y por desgracia quedo inválido, no pudo aplicar a pensión de invalidez, tengo que esperar a cumplir la edad para tener la pensión de vejez.

Es posible tener pensiones voluntarias en Colpensiones, ¿o éstas son solo con los fondos privados?

Colpensiones es un sistema de prima media que no admite cotizaciones voluntarias; es un sistema al que la persona contribuye de acuerdo con lo que devenga en un porcentaje del 16%, lo que le permite completar el número de semanas que requiere el sistema.

 Finalmente, ¿desde la ciudadanía qué podemos hacer para contribuir a la sostenibilidad del sistema pensional?

Hay que provocar e incentivar el sistema laboral formal, para así poder cotizar y contribuir al fortalecimiento del sistema pensional. Hay que ser conscientes de que la pensión es una protección para la vejez, para que las personas que están en la etapa terminal de su vida tengan un acompañamiento del Estado, que según nuestra Constitución es un Estado de Derecho.

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